Resolución Sub Gerencial N.° D001934-2025-SCA-GDE-MDS

RESOLUCION SUBGERENCIAL N° D001934-2025-SCA-GDE-MDS

12 de junio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada mediante Expediente N° 17955-2025, por HEREDIA RODRIGUEZ KATY MARIVEL, identificada con DNI N° 80403734, en consecuencia, autorícese la actividad comercial, los días 14 y 15 de junio del presente, en el establecimiento ubicado en el JR. DANTE Nº359– SURQUILLO. FECHA Y HORARIO: Desde las 05:00 pm del sábado 14 de junio del 2025 hasta las 5:00 pm del Domingo 15 de junio del 2025 (Incluye montaje, desmontaje, ceremonia y logística propia del evento). Actividad 1 MONTAJE DE ESTRUCTURA Desde las 05:00 pm del sábado 14 de junio del 2025 hasta las 5:00 am del domingo 15 de junio del 2025. Actividad 2 EVENTO RUTA DEL CHICHARRON SURQUILLANO Fecha: Domingo 15 de junio del 2025. Horario: De 5:00 am a 3:00 pm. Actividad 3 DESMONTAJE DE ESTRUCTURA Fecha: Domingo 15 de junio del 2025. Horario: De 3.00 pm a 5:00pm. El administrado, será el único responsable de la conducción y de cualquier contingencia que pudiera ocurrir en la actividad que desarrollará y de las siguientes disposiciones: 1. Cumplir con los horarios establecidos hora de inicio de armado de toldo sábado 14 de junio desde la 5pm, concluida la actividad la vía debe estar liberada a más tardar 5 pm del día domingo 15 de junio. 2. Cuidar el ornato y la limpieza en el lugar de la actividad económica mediante la ubicación de contenedores de desperdicios. 3. No deberá hacer uso de los servicios de agua o eléctricos públicos. 4. El toldo tendrá una medida de 10m de largo x 5m de ancho y 2.50m de altura libre. Se ubicará en el frontis del establecimiento y no debe interrumpir el tránsito peatonal 5. La superficie cubierta por el toldo tendrá capacidad de albergar como máximo hasta 33 personas. 6. Se autoriza colocar área de despacho, dentro del toldo. 7. Colocar conos de seguridad de limitando los toldos. 8. Prohibido sacar cocina. 9. Contar con personal que vele por el orden de las colas. 10. Comunicar a la Subgerencia de Comercialización y Autorizaciones cualquier modificación en la realización de la actividad. 11. Prohibida la venta y el consumo de alcohol.
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RESOLUCION SUBGERENCIAL-001934-2025-SCA

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