Ordenanza N.° 328-2014-MDS
ORDENANZA_328-2014-MDS
19 de diciembre de 2014
De los alcances y vigencia.- Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de Surquillo, que hayan ejecutado obras de construcción, ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitables), así como de demolición, sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalización de Obra y Declaratoria de Fabrica, entre el 20 de julio de 1999 y el 31 de diciembre de 2012, podrán regularizarlas con el pago de un derecho mínimo y de una simbólica multa (notablemente reducida respecto al valor de la obra declarada), de acuerdo a las escalas y procedimiento establecidos en la presente Ordenanza.