Resolución Sub Gerencial N.° 1760-2022-SDC-GDU/MDS
RESOLUCION SUB GERENCIAL N° 1760-2022-SDC-GDU/MDS
11 de noviembre de 2022
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en JR. DANTE N° 921 - SURQUILLO, con razón social RIVERA RAMOS FAVIO con giro autorizado para CASA DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA - VENTA DE TARJETAS TELEFÓNICAS - SERVICIO TÉCNICO Y ACCESORIOS PARA CELULARES con un área de 45.00 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en JR. DANTE N° 921 - SURQUILLO, con razón social RIVERA RAMOS FAVIO con giro autorizado para CASA DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA - VENTA DE TARJETAS TELEFÓNICAS - SERVICIO TÉCNICO Y ACCESORIOS PARA CELULARES con un área de 45.00 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.