Resolución Sub Gerencial N.° 1647-2022-SDC-GDU/MDS
RESOLUCION SUB GERENCIAL N° 1647-2022-SDC-GDU/MDS
25 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en AV. NUEVA TOMÁS MARSANO N° 961 ESQ. AV. ANGAMOS ESTE N° 1803 TDA. ANCLA 2 - SURQUILLO, con razón social DESPERGAR.COM PERU SAC con giro autorizado para AGENCIA DE VIAJES con un área de 12.32 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en AV. NUEVA TOMÁS MARSANO N° 961 ESQ. AV. ANGAMOS ESTE N° 1803 TDA. ANCLA 2 - SURQUILLO, con razón social DESPERGAR.COM PERU SAC con giro autorizado para AGENCIA DE VIAJES con un área de 12.32 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.