Resolución Sub Gerencial N.° 1110-2022-SDC-GDU/MDS
RESOLUCION SUB GERENCIAL N° 1110-2022-SDC-GDU/MDS
11 de julio de 2022
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en CA. GERARD BLANCHERE (CA. LAS ORQUÍDEAS) N° 103 - 6TO.PISO - SURQUILLO; con razón social IBR PERU S.A. con giro autorizado para COMUNICACIONES TELEFÓNICAS, CABINAS DE INTERNET (CALL CENTER - SERVICIO DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL) con un área de 308.10 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar que el establecimiento ubicado en CA. GERARD BLANCHERE (CA. LAS ORQUÍDEAS) N° 103 - 6TO.PISO - SURQUILLO; con razón social IBR PERU S.A. con giro autorizado para COMUNICACIONES TELEFÓNICAS, CABINAS DE INTERNET (CALL CENTER - SERVICIO DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL) con un área de 308.10 m2, NO CUMPLE con las normas de seguridad en Edificaciones, por consiguiente no corresponde emitir certificado ITSE, dándose por FINALIZADO el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de conformidad a lo establecido en el articulo 23° y 28° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM.