Ordenanza N.° 511-2022-MDS
Ordenanza que Establece Beneficios Tributarios para Contribuyentes Adultos Mayores No Pensionistas del Distrito de Surquillo.
13 de julio de 2022
La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas, que se encuentren registrados como contribuyentes del distrito o que realicen su inscripción durante la vigencia de la presente ordenanza.
Todos los contribuyentes que cuenten con su resolución de reconocimiento de adulto mayor, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor, que cumpla con acogerse a la misma dentro de la vigencia de la presente ordenanza, gozarán de los beneficios de descuentos dispuestos por el artículo °3 de la presente ordenanza y que cumplan con cancelar el total del derecho de emisión que mantengan como pendiente de pago.
Todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2º de la presente Ordenanza, obtendrán los siguientes beneficios:
Todos los contribuyentes que cuenten con su resolución de reconocimiento de adulto mayor, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor, que cumpla con acogerse a la misma dentro de la vigencia de la presente ordenanza, gozarán de los beneficios de descuentos dispuestos por el artículo °3 de la presente ordenanza y que cumplan con cancelar el total del derecho de emisión que mantengan como pendiente de pago.
Todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2º de la presente Ordenanza, obtendrán los siguientes beneficios:
3.1. Beneficios sobre el Impuesto Predial de los periodos anteriores al ejercicio corriente
Condonación del 100% de intereses
Condonación del 100% de factor de reajustes
Condonación del 100% de costas
3.2. Beneficios sobre Arbitrios Municipales del ejercicio corriente 2022
Condonación del 100% de intereses
Condonación del 100% de costas y gastos
Condonación del 10% de Insoluto de Arbitrios Municipales de 2022
3.3. Beneficios sobre Arbitrios Municipales de los periodos exonerados anteriores al ejercicio corriente
Condonación del 100% de intereses
Condonación del 100% de costas
Condonación del 20 % de Insoluto de Arbitrios Municipales
3.4. Otros Beneficios
Condonación del 100% de multas tributarias de cada año relacionado a la cancelación total de sus tributos.