Ordenanza Municipal N.° 509-2022-MDS

Ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario denominado "Amnistía General Tributaria Feliz 73 Aniversario De Surquillo".

5 de julio de 2022

Establézcase en la jurisdicción del distrito de Surquillo, el beneficio tributario denominado “AMNISTIA GENERAL TRIBUTARIA: FELIZ 73°ANIVERSARIO DE SURQUILLO” a favor de los contribuyentes.

La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano, hasta el día 31 de julio de 2022.

Los contribuyentes siempre que hayan cancelado la totalidad del
Impuesto Predial con anterioridad a la entrada en vigencia o que cumplan con cancelar la totalidad del Impuesto Predial dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza obtendrán los descuentos siguientes:
 
a) Condonación del 100% de Intereses moratorios, factor de reajuste, gastos y costas coactivas generadas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al año 2022 y años anteriores, generados a la entrada en vigencia de la presente ordenanza.
b) Descuento del 15% del Insoluto de los arbitrios municipales correspondiente al año 2022, en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago. 
c) Descuento del 70% del Insoluto de los arbitrios municipales correspondiente a los ejercicios 2020 y 2021, en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago. 
d) Descuento del 90% del Insoluto de los arbitrios municipales correspondiente a los ejercicios  2018 Y 2019, en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago. 
e) Condonación del 100% del insoluto de los arbitrios municipales correspondientes a los ejercicios 2017 y anteriores, para aquellos contribuyentes que no mantengan deuda tributaria de arbitrios municipales del ejercicio 2018 en adelante. 
f) Condonación del 100% de cualquier Multa Tributaria, siempre que el contribuyente cumpla con cancelar algún tributo pendiente de pago, durante el ejercicio 2022.

Para el caso de los contribuyentes que solo mantenga deudas tributarias por arbitrios municipales
2017 y/o anteriores, deberá cancelar el insoluto del tributo en mención del ejercicio más reciente, y se le aplicará lo indicado en el Inciso 3.1 del presente articulo según corresponda.

Excepcionalmente, y por única vez, se otorgará un beneficio tributario del
15% de descuento en el insoluto de sus arbitrios municipales, para los contribuyentes pensionistas a los cuales no se les haya acotado tributos por concepto de Impuesto Predial, que mantengan deudas tributarias a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, y que cumplan con cancelar dicha deuda en su totalidad.

Documentos

Vista preliminar de documento Ordenanza N° 509-MDS Ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario denominado "Amnistía General Tributaria Feliz 73 Aniversario De Surquillo".

Ordenanza N° 509-MDS Ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario denominado "Amnistía General Tributaria Feliz 73 Aniversario De Surquillo".

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