Ordenanza Municipal N.° 014-2024/MPS
ORDENANZA QUE PROHIBE A DOS PERSONAS VIAJAR EN UNA MISMA MOTO LINEAL EN LA PROVINCIA DE SULLANA.
10 de setiembre de 2024
Artículo Primero. - Prohíbase a partir de la publicación de la presente ordenanza, que dos personas viajen en una sola moto lineal por la provincia de Sullana.
Artículo Segundo. - Queda prohibido en la Provincia de Sullana el uso de cualquier tipo de casco que cubra totalmente el rostro, el mismo que impida determinar los rasgos físicos, faciales del conductor, así como el uso de pasamontañas, máscaras u objetos similares que impidan su eficaz identificación.
Artículo Tercero. - El casco válido es aquel que cuente con mica transparente o sin mica que permita la visibilidad del rostro cubriendo el cráneo del conductor, quedando prohibido los cascos con micas polarizadas, totalmente oscuras y/o con protectores mandibulares, cuyas características son de cascos para deporte de alta competencia motociclistas.
Artículo Cuarto. - Para efectos de cumplimiento de lo descrito en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza y a su vez salvaguardar la seguridad del conductor, apruébese el uso exclusivo para los conductores de motocicletas, del modelo de casco abierto también conocido como casco “jet” o casco "pilot", este casco únicamente cubre toda la cabeza. Por lo general cuenta con visor, lo cual permite la protección de la parte superior del rostro. Este tipo de casco ofrece al conductor mayor campo de visión periférica, permitiendo la visibilidad del rostro del conductor.
Esta norma pertenece al compendio ORDENANZAS MUNICIPALES 2024-MPS