Resolución de Alcaldía N.° 1700-2022-MPS
15 de diciembre de 2022
Dar cumplimiento a la Resolución Nº Cinco (05) de fecha 16 de junio del 2022 (SENTENCIA), emitida por el 1° Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sede Principal - Corre Superior de Justicia de Sullana, SE RESUELVE: FUNDADA en parte la demanda interpuesta por don PEDRO MANUEL MORÁN REQUENA contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA, sobre RECONOCIMIENTO DE VÍÑCULO LABORAL, INCLUSIÓN EN PLANILLAS Y PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES. Declaro LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN DE NATURALEZA LABORAL CON CONTRATO A PLAZO INDETERMINADO, BAJO EL REGIMÉN LABORAL PRIVADO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 728, entre el actor y la demandada, a partir del 01 de marzo del 2021 en adelante; en consecuencia: SIN EFICACIA la relación civil estatuida entre las pactes, así como también los contratos bajo modalidad, por constituir un verdadero contrato de trabajo a plazo indeterminado. ORDENA a la demandada INCLUYA EN PLANILLAS al actor como trabajador con contrato a plazo indeterminado, bajo el régimen laboral privado. E IMPROCEDENTE en el extremo referidos al pago escolandad r el beneficio social de vacaciones. DEBIENDO en su oportunidad, presentar los correspondientes recibos de honorarios y los documentos que acrediten la cancelación de los tributos derivados del mismo, su suspensión o exoneración, conforme lo dispone el artículo 418° del Código Procesal Civil de aplicación supletoria.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE ALCALDÍA 2022-MPS