Decreto de Alcaldía N.° 006-2025-MDSJM
12 de mayo de 2025
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- CONVOCAR la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San juan de Miraflores, que se realizará el día viernes 30 de mayo de 2025, a las 17:00 horas, en la Casa de la Juventud de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, ubicada en Av. Pedro Miotta N.º 421, San Juan de Miraflores; en cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N.º 549/MDSJM de esta entidad municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO. -APROBAR el cronograma de actividades detallado en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente decreto de alcaldía, para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, así como a la Oficina General de Recursos Humanos, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente norma; disponiendo asimismo que todas las unidades orgánicas de la corporación municipal presten su apoyo que se requiera.
ARTÍCULO PRIMERO.- CONVOCAR la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San juan de Miraflores, que se realizará el día viernes 30 de mayo de 2025, a las 17:00 horas, en la Casa de la Juventud de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, ubicada en Av. Pedro Miotta N.º 421, San Juan de Miraflores; en cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N.º 549/MDSJM de esta entidad municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO. -APROBAR el cronograma de actividades detallado en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente decreto de alcaldía, para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, así como a la Oficina General de Recursos Humanos, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente norma; disponiendo asimismo que todas las unidades orgánicas de la corporación municipal presten su apoyo que se requiera.