Acuerdo de Concejo N.° 015-2021- MDS

ACUERDO DE CONSEJO ORDINARIO N°015-2021

12 de marzo de 2021

ACUERDO DE CONSEJO ORDINARIO N°015-2021
Que, el Articulo 1942 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N” 30305, establece que las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; en ese orden, el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N* 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, sostiene que la Autonomia Municipal radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos
a, y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico,

Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los gobiernos
locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo
integral, sostenible y armónico de su circunscripción;



Que, en mérito al Artículo 49 del Reglamento Interno de Concejo, señala que: ” En la estación informes y pedidos los
miembros del concejo podrán dar cuenta de las gestiones que les hubieran encargado el concejo y de aquellos asuntos
relacionados con las funciones y atribuciones que le señale la Ley y que consideren y deben ser puestos a conocimiento
del concejo. Pueden formular, asimismo, los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran
pronunciamiento del concejo”

Que, visto el pedio N*001 realizado por el presidente del concejo municipal, donde solicita autorización por parte del
concejo municipal para dar inicio a los tramites de independización del terreno propiedad de la Municipalidad Distrital de
Sepáhua inscrito con numero de partida 11148876,

Qué, el Decreto Legislativo N* 1358, DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY N* 29151, LEY

NERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES, PARA OPTIMIZAR EL SANEAMIENTO

a FÍSICO LEGAL DE LOS INMUEBLES ESTATALES Y FACILITAR LA INVERSIÓN PÚBLICA Y PRIVADA,
establece lo siguiente:

Artículo 17-C. Inscripción de bienes inmuebles de las Municipalidades

17-C.1 Las Municipalidades efectúan el saneamiento de los bienes de su propiedad y los de dominio público
bajo su administración, indicados en el artículo 56* de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
conforme a la Octava Disposición Complementaria de la citada ley.

Artículo 17-E.- Actos comprendidos en el procedimiento especial de saneamiento físico legal de
bienes inmuebles estatales
17-E.1 El procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes inmuebles estatales que se realiza
a e 1) al amparo de la presente norma, comprende los actos siguientes:

Inscripción y/o aclaración de dominio (..).

94 "Artículo 17-F. Primera inscripción de dominio e independización mediante procedimiento especial de
saneamiento físico legal de inmuebles estatales
Sepahua 17-F.2 Para la independización del inmueble:a) En caso que el predio matriz sea un bien estatal o privado y
BICENTEM entidad cuente con títulos que acrediten su propiedad y que constan en documento de fecha cierta, la
independización se efectúa en favor de la entidad (...).


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