Acuerdo de Concejo N.° 007-2021- MDS
ACUERDO DE CONSEJO ORDINARIO N°007-2021
11 de febrero de 2021
ACUERDO DE CONSEJO ORDINARIO N°007-2021
Que, el Articulo 194° de la Constitución Politica del Perú, modificado por Ley N* 30305, establece que las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia; en ese orden, el Articulo U del Titulo Preliminar de la Ley N% 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
sostiene que la Autonomía Municipal radica en la facultaa de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo lV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los gobiernos locales
- | representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible
“armónico de su circunscripción;
; Que, visto el despacho N*002 sobre convenio de transferencia financiera de las Municipalidades Distritales a Favor de la
ficipalidad Distrital de Atalaya para el Financiamiento de la Gestión del Sistema Vial en la Provincia de Atalaya, se somete
Que, el artículo 399 de la Ley N*27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los Concejos Municipales ejercen sus
funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; el Artículo 419 de la citada Ley, dispone que los
Acuerdos son decisiones, que adopta el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucionál, que
expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones establecidas en los Articulos 39% y 419 de la Ley N* 27972 — Ley Orgánica
an, de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los Señores Regidores, y con la dispensa de la lectura y la aprobación del acta,
el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Sepahua, Región Ucayal:
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la CELEBRACIÓN del convenio de transferencia financiera de las Municipalidades Distritales a
Favor de la Municipalidad Distrital de Atalaya para el Financiamiento de la Gestión del Sistema Vial en la Provincia de Atalaya
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde la suscripción del convenio aprobado en el articulo primero.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la Publicación del presente Acuerdo de Concejo conforme corresponda y
a la Subgerencia de Imagen Institucional la Difusión y Publicación en el portal institucional.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que, el Articulo 194° de la Constitución Politica del Perú, modificado por Ley N* 30305, establece que las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia; en ese orden, el Articulo U del Titulo Preliminar de la Ley N% 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
sostiene que la Autonomía Municipal radica en la facultaa de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo lV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los gobiernos locales
- | representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible
“armónico de su circunscripción;
; Que, visto el despacho N*002 sobre convenio de transferencia financiera de las Municipalidades Distritales a Favor de la
ficipalidad Distrital de Atalaya para el Financiamiento de la Gestión del Sistema Vial en la Provincia de Atalaya, se somete
Que, el artículo 399 de la Ley N*27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los Concejos Municipales ejercen sus
funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; el Artículo 419 de la citada Ley, dispone que los
Acuerdos son decisiones, que adopta el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucionál, que
expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones establecidas en los Articulos 39% y 419 de la Ley N* 27972 — Ley Orgánica
an, de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los Señores Regidores, y con la dispensa de la lectura y la aprobación del acta,
el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Sepahua, Región Ucayal:
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la CELEBRACIÓN del convenio de transferencia financiera de las Municipalidades Distritales a
Favor de la Municipalidad Distrital de Atalaya para el Financiamiento de la Gestión del Sistema Vial en la Provincia de Atalaya
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde la suscripción del convenio aprobado en el articulo primero.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la Publicación del presente Acuerdo de Concejo conforme corresponda y
a la Subgerencia de Imagen Institucional la Difusión y Publicación en el portal institucional.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.