Resolución de Alcaldía N.° 202-2019- MDS

RESOLUCION DE ALCALDIA N°202-2019

12 de agosto de 2019

RESOLUCION DE ALCALDIA N°202-2019
Mediante el Expediente de Trámite Interno N* 1854-2019, con Formato de Hoja de Ruta
de fecha 09 de agosto del 2019, que adjunta informe N* 345-2019-GPPyR-MDS, de fecha 09 de
agosto del presente año, donde la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización,
propone Formalización de Modificación Presupuestal Tipo 3 anulaciones y habilitaciones
presupuestales en el nivel funcional programático del mes de julio del año 2019.

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo dispuesto en el artículo 194” de la constitución Política del Perú,
reformada por Ley N* 27680 concordante con el artículo Il del Título preliminar de la Ley N*
27972- Ley Orgánica de Municipalidades, son personas Jurídicas de derecho público y por
consiguiente gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su
competencia;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N* 219-2018-MDS-ALC, de fecha 28/12/2018,
se aprobó el presupuesto Institucional de Apertura del Pliego- Municipalidad Distrital de
Sepahua, por el importe total de S/ 10'205,785.00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTO CINCO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), para el periodo correspondiente entre
01 de Enero al 31 de Diciembre del Año Fiscal 2019;

Que, mediante informe N*? 345-2019-GPPyR-MDS, de fecha 09 de agosto de 2019, la
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, propone la formalización de la
Modificación Presupuestal Tipo 3 anulaciones y habilitaciones presupuestales en el nivel
funcional programático del mes de julio del año 2019; es necesario realizar la formalización de
tales modificaciones de Créditos Presupuestales y Anulaciones, hecho que no implica el
- incremento o la disminución del Presupuesto en la Unidad Ejecutor 301823 Municipalidad
Os, Distrital de Sepahua.






E
é Que, asimismo el Decreto Legislativo N* 1440, Decreto Legislativo del Sistema

27 Nacional de Presupuesto Público, en su Artículo 47”, establece los mecanismos para efectuar
modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático son aprobados mediante
Resolución del Titular a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la
Entidad,



Que, estando a los considerados expuestos y con las facultades conferidas en virtud a
lo dispuesto en el Artículo 20*, Inc. 06 de la Ley N* 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades.

SE RESUELVE:

Artículo 1°. - FORMALIZAR las modificaciones presupuestarias de Créditos
Presupuestales y Anulaciones efectuadas en el Nivel Funcional Programático, del mes de Julio,
en el marco de lo dispuesto en el Artículo 47* del Decreto Legislativo N* 1440, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

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