Resolución de Alcaldía N.° 175-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°175-2019
1 de julio de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°175-2019
Mediante el Expediente de Trámite Interno N”1464-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha 27 de junio
Hel 2019, que adjunta Informe N* 010-2019-STDC-MDS, remitido por la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y
Defensa Civil, donde solicita APROBAR el “REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL GRUPO DE
TRABAJO PARA LA GESTION Y RIESGO DE DESASTRES” y el “REGLAMENTO INTERNO PARA LA
ORGANIZACIÓN, CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL DEL
DISTRITO DE SEPAHUA, demás antecedentes y;
Que, de conformidad con el artículo 194* de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la
Ley N* 30305, en concordancia con el Art. 11 del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley
N* 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan
de la voluntad popular y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
la autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
y actos de gobierno, administrativos y de sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, mediante la Ley N*29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres
(SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad
de identificar y reducir los riesgos asociados peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generación de nuevos
WN riesgos y reparación y atención ante situaciones de desastres mediante establecimiento de principios, lineamiento de
E política, componentes, procesos e instrumentos de Gestión de Riesgo de Desastres;
Que, en el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N*29664, señala que los gobiernos regionales y locales
como integrantes de SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan. supervisan,
fiscalizan y ejecutan los procesos de Gestión de Riesgos de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco
de la Política nacional de Gestión de Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector;
Que, en el Capitulo V, artículo 14*, inciso 14.3 de la Ley N*29664, donde indica que los gobiernos regionales
y locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres, integrado por funcionarios de los
niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, como función indelegable;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19* del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto
Ll Supremo N*048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación,
¡ coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo
“para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la
participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión de riesgo de
desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el presidente del Gobierno Regional y
el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las plataformas;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N*051-2019-ALC-MDS de fecha 26 de febrero del 2019, en el Artículo
Primero se aprueba CONSTITUIR la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de Sepahua, como espacio
permanente de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se
constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación;
Mediante el Expediente de Trámite Interno N”1464-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha 27 de junio
Hel 2019, que adjunta Informe N* 010-2019-STDC-MDS, remitido por la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y
Defensa Civil, donde solicita APROBAR el “REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL GRUPO DE
TRABAJO PARA LA GESTION Y RIESGO DE DESASTRES” y el “REGLAMENTO INTERNO PARA LA
ORGANIZACIÓN, CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL DEL
DISTRITO DE SEPAHUA, demás antecedentes y;
Que, de conformidad con el artículo 194* de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la
Ley N* 30305, en concordancia con el Art. 11 del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley
N* 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan
de la voluntad popular y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
la autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
y actos de gobierno, administrativos y de sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, mediante la Ley N*29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres
(SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad
de identificar y reducir los riesgos asociados peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generación de nuevos
WN riesgos y reparación y atención ante situaciones de desastres mediante establecimiento de principios, lineamiento de
E política, componentes, procesos e instrumentos de Gestión de Riesgo de Desastres;
Que, en el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N*29664, señala que los gobiernos regionales y locales
como integrantes de SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan. supervisan,
fiscalizan y ejecutan los procesos de Gestión de Riesgos de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco
de la Política nacional de Gestión de Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector;
Que, en el Capitulo V, artículo 14*, inciso 14.3 de la Ley N*29664, donde indica que los gobiernos regionales
y locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres, integrado por funcionarios de los
niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, como función indelegable;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19* del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto
Ll Supremo N*048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación,
¡ coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo
“para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la
participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión de riesgo de
desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el presidente del Gobierno Regional y
el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las plataformas;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N*051-2019-ALC-MDS de fecha 26 de febrero del 2019, en el Artículo
Primero se aprueba CONSTITUIR la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de Sepahua, como espacio
permanente de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se
constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación;