Resolución de Alcaldía N.° 141-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°141-2019
7 de junio de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°141-2019
Mediante el Expediente de Tramite Externo NO 1035-2019, con Formato de Hoja de Ruta
de fecha 30 de abril del 2019, que adjunta los siguientes: Informes N*2 0318-2019-EGGQ-GDEYS-MDS
de fecha 24 de mayo de 2019 emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, Informe N*
0267-2019-DAOH-SGDS-GDEYS-GM-MDS, de fecha 24 de mayo del 2019, emitido por la Sub Gerencia
de Desarrollo Social, Informe NS 026-2019-PVL-GDES-MDS de fecha 23 de mayo del 2019, emitido
por la coordinadora de Vaso de Leche — MDS, Y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho
Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
de conformidad con lo establecido en el artículo 1940 de la Constitución Política, modificado por Ley
de Reforma Constitucional — Ley NO 27680; y concordante con el artículo 11 del Título Preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades NO 27972;
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 2.2) del Artículo 84? de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley N* 27972, que son "...Funciones específicas de las Municipalidades Distritales
Reconocer y Registrar a las Instituciones y Organizaciones que realizan acción y promoción social
concertada con el Gobierno Local...”, norma concordante con el numeral 6) del Artículo 113% del
mismo cuerpo normativo, que faculta promover la participación vecinal a través de Juntas Vecinales,
Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales Sociales u otras similares de
naturaleza vecinal;
Que, de conformidad al Artículo 19 de la Ley N* 25037, y en concordancia con lo dispuesto
PAE en el Artículo 2?, numeral 17, de la Constitución Política, se declara de: “Prioritaria interés nacional la
labor que realizaran los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares Auto
gestionados, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centro Materno-infantiles y demás
organizaciones sociales de base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario”. Mediante el cual se
reconoce a los comedores populares como organizaciones sociales de base, siendo procedente su
reconocimiento como tal;
pri, Que, Mediante SOLICITUD SIMPLE de fecha 30 de Abril del 2019, dirigida al Alcalde, el
señora Rosa Victoria Rengifo Cárdenas, identificado con DNI N* 77357592, presidente electa
SOLICITA reconocimiento de Junta Directiva PVL de la CC.NN de Puija; .
Que, con Informe N*026-2019-PVL-GDES-MDS de fecha 23 de mayo del 2019, emitido por
la Coordinadora de Vaso de Leche —MDS, da conformidad al trámite realizado por el comité de Vaso
de Leche de la CC.NN de Puija;
Que, Con Informe N? 0318-2019-EGGQ-GDEyS-MDS de fecha 24 de mayo del 2019 emitido
por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, da conformidad al trámite realizado por el Comité
de Vaso de Leche de la CC.NN de Puija;.
Que, con Informe Legal No 055-2019-GAJ-GM-MDS de fecha 06 de junio del 2019, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA que es PROCEDENTE el reconocimiento de la Junta Directiva
del Programa Vaso de Leche de la CC.NN de Puija;
Que, estando a los considerados expuestos y con las facultades conferidas en Virtud a lo
dispuesto en el Art.20?, Inc.06 de la Ley N 27972 — Ley Orgánico de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, a la Junta Directiva del Comité de Vaso de Leche
de la CC.NN de Puija para el Año Fiscal 2019-2020; quedando integrado de la siguiente manera:
Presidenta : Rosa Rengifo Cárdenas DNI 77357592
Secretaria : Emaluz Pinedo Canayo DNI 48755335
Tesorera : Jenny Canayo Del Aguila DNI 00164475
1 Vocal : Melida Torrejon Moreno DNI 80614769
2 Vocal : Lidelma Laureano Pablino DNI 77064325
3 Vocal : Clotilda Espinoza Payahua DNI 44587241
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General y Archivos la distribución
de la presente resolución y la correspondiente notificación.
ARTICULO TERCERO: el cumplimiento del presente acto resolutivo de la Sub Gerencia de Desarrollo
Social en todo cuanto le corresponda, bajo Responsabilidad, debiendo hacer de conocimiento la
presente resolución a las administradas correspondientes.
ARTICULO CUARTO: DISPONER a la Secretaria General en coordinación con la Unidad de
Informática, la publicación de la presente Resolución, por el portal Web de Transparencia de la
Municipalidad Distrital de Sepahua.
Mediante el Expediente de Tramite Externo NO 1035-2019, con Formato de Hoja de Ruta
de fecha 30 de abril del 2019, que adjunta los siguientes: Informes N*2 0318-2019-EGGQ-GDEYS-MDS
de fecha 24 de mayo de 2019 emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, Informe N*
0267-2019-DAOH-SGDS-GDEYS-GM-MDS, de fecha 24 de mayo del 2019, emitido por la Sub Gerencia
de Desarrollo Social, Informe NS 026-2019-PVL-GDES-MDS de fecha 23 de mayo del 2019, emitido
por la coordinadora de Vaso de Leche — MDS, Y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho
Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
de conformidad con lo establecido en el artículo 1940 de la Constitución Política, modificado por Ley
de Reforma Constitucional — Ley NO 27680; y concordante con el artículo 11 del Título Preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades NO 27972;
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 2.2) del Artículo 84? de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley N* 27972, que son "...Funciones específicas de las Municipalidades Distritales
Reconocer y Registrar a las Instituciones y Organizaciones que realizan acción y promoción social
concertada con el Gobierno Local...”, norma concordante con el numeral 6) del Artículo 113% del
mismo cuerpo normativo, que faculta promover la participación vecinal a través de Juntas Vecinales,
Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales Sociales u otras similares de
naturaleza vecinal;
Que, de conformidad al Artículo 19 de la Ley N* 25037, y en concordancia con lo dispuesto
PAE en el Artículo 2?, numeral 17, de la Constitución Política, se declara de: “Prioritaria interés nacional la
labor que realizaran los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares Auto
gestionados, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centro Materno-infantiles y demás
organizaciones sociales de base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario”. Mediante el cual se
reconoce a los comedores populares como organizaciones sociales de base, siendo procedente su
reconocimiento como tal;
pri, Que, Mediante SOLICITUD SIMPLE de fecha 30 de Abril del 2019, dirigida al Alcalde, el
señora Rosa Victoria Rengifo Cárdenas, identificado con DNI N* 77357592, presidente electa
SOLICITA reconocimiento de Junta Directiva PVL de la CC.NN de Puija; .
Que, con Informe N*026-2019-PVL-GDES-MDS de fecha 23 de mayo del 2019, emitido por
la Coordinadora de Vaso de Leche —MDS, da conformidad al trámite realizado por el comité de Vaso
de Leche de la CC.NN de Puija;
Que, Con Informe N? 0318-2019-EGGQ-GDEyS-MDS de fecha 24 de mayo del 2019 emitido
por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, da conformidad al trámite realizado por el Comité
de Vaso de Leche de la CC.NN de Puija;.
Que, con Informe Legal No 055-2019-GAJ-GM-MDS de fecha 06 de junio del 2019, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA que es PROCEDENTE el reconocimiento de la Junta Directiva
del Programa Vaso de Leche de la CC.NN de Puija;
Que, estando a los considerados expuestos y con las facultades conferidas en Virtud a lo
dispuesto en el Art.20?, Inc.06 de la Ley N 27972 — Ley Orgánico de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, a la Junta Directiva del Comité de Vaso de Leche
de la CC.NN de Puija para el Año Fiscal 2019-2020; quedando integrado de la siguiente manera:
Presidenta : Rosa Rengifo Cárdenas DNI 77357592
Secretaria : Emaluz Pinedo Canayo DNI 48755335
Tesorera : Jenny Canayo Del Aguila DNI 00164475
1 Vocal : Melida Torrejon Moreno DNI 80614769
2 Vocal : Lidelma Laureano Pablino DNI 77064325
3 Vocal : Clotilda Espinoza Payahua DNI 44587241
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General y Archivos la distribución
de la presente resolución y la correspondiente notificación.
ARTICULO TERCERO: el cumplimiento del presente acto resolutivo de la Sub Gerencia de Desarrollo
Social en todo cuanto le corresponda, bajo Responsabilidad, debiendo hacer de conocimiento la
presente resolución a las administradas correspondientes.
ARTICULO CUARTO: DISPONER a la Secretaria General en coordinación con la Unidad de
Informática, la publicación de la presente Resolución, por el portal Web de Transparencia de la
Municipalidad Distrital de Sepahua.