Resolución de Alcaldía N.° 130-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°130-2019
27 de mayo de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°130-2019
Mediante el Expediente de Trámite Interno N* 1165-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha 22 de
mayo del 2019, que adjunta Informe N? 154-2019-MDS-ALC-GIDU, remitido por la Gerencia de Infraestructura y
Desarrollo Urbano, donde solicita APROBAR el Expediente Técnico del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
EDUCATIVO NIVEL PRIMERIA DE LA I1.EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA
- PROVINCIA ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI”, y demás;
ONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194* de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la
Ley N? 30305, en concordancia con el Art. ll del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley
N? 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan
de la voluntad popular y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
la autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
Que, el Artículo 20*, incisos 1 y 6, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante LOM,
establece que son atribuciones del Alcalde (i) Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los
vecinos, y (ii) Dictar Decretos, y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas;
Que, en mediante Informe N* 154-2019-MDS-ALC-GIDU de fecha 27 de mayo del 2019, el Ing. Roberto
astro Céspedes, en su calidad de Gerente de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicita APROBAR,
2 vía Acto Resolutivo, el Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO NIVEL
) PRIMERIA DE LA IL.EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA - PROVINCIA
nera E) ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI”, con Código Único N* 2447782; el mismo que tiene un monto de inversión
De / de SJ. 119,560.88 (Ciento diecinueve mil quinientos sesenta con 88/100 soles), y será ejecutado mediante la
modalidad de Administración Directa, con un plazo de ejecución de 60 días calendarios;
Por estas consideraciones, y al amparo de lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente Técnico del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
EDUCATIVO NIVEL PRIMERIA DE LA I1,EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA
- PROVINCIA ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI” con un gasto presupuestario de S/. 119,560.88 (Ciento
diecinueve mil quinientos sesenta con 88/100 soles).
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR el Resumen del Costo Total de Financiamiento del Expediente Técnico de
Mantenimiento, que se aprueba en el Artículo precedente de acuerdo al siguiente detalle:
COSTO DIRECTO (ESTRUCTURA + ARQUITECTURA + INST. ELECTRICAS) S/. 81,398.20
GASTOS GENERALES (8.85%) S/7,200.00
MOBILIARIO ESCOLAR S/ 4,250.00
IGV (18%) SI. 16,712.68
Mediante el Expediente de Trámite Interno N* 1165-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha 22 de
mayo del 2019, que adjunta Informe N? 154-2019-MDS-ALC-GIDU, remitido por la Gerencia de Infraestructura y
Desarrollo Urbano, donde solicita APROBAR el Expediente Técnico del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
EDUCATIVO NIVEL PRIMERIA DE LA I1.EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA
- PROVINCIA ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI”, y demás;
ONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194* de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la
Ley N? 30305, en concordancia con el Art. ll del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley
N? 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan
de la voluntad popular y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
la autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
Que, el Artículo 20*, incisos 1 y 6, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante LOM,
establece que son atribuciones del Alcalde (i) Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los
vecinos, y (ii) Dictar Decretos, y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas;
Que, en mediante Informe N* 154-2019-MDS-ALC-GIDU de fecha 27 de mayo del 2019, el Ing. Roberto
astro Céspedes, en su calidad de Gerente de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicita APROBAR,
2 vía Acto Resolutivo, el Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO NIVEL
) PRIMERIA DE LA IL.EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA - PROVINCIA
nera E) ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI”, con Código Único N* 2447782; el mismo que tiene un monto de inversión
De / de SJ. 119,560.88 (Ciento diecinueve mil quinientos sesenta con 88/100 soles), y será ejecutado mediante la
modalidad de Administración Directa, con un plazo de ejecución de 60 días calendarios;
Por estas consideraciones, y al amparo de lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente Técnico del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
EDUCATIVO NIVEL PRIMERIA DE LA I1,EE. N* 776 DEL CASERIO NUEVO HORIZONTE - DISTRITO SEPAHUA
- PROVINCIA ATALAYA - DEPARTAMENTO UCAYALI” con un gasto presupuestario de S/. 119,560.88 (Ciento
diecinueve mil quinientos sesenta con 88/100 soles).
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR el Resumen del Costo Total de Financiamiento del Expediente Técnico de
Mantenimiento, que se aprueba en el Artículo precedente de acuerdo al siguiente detalle:
COSTO DIRECTO (ESTRUCTURA + ARQUITECTURA + INST. ELECTRICAS) S/. 81,398.20
GASTOS GENERALES (8.85%) S/7,200.00
MOBILIARIO ESCOLAR S/ 4,250.00
IGV (18%) SI. 16,712.68