Resolución de Alcaldía N.° 123-2019- MDS

RESOLUCION DE ALCALDIA N°123-2019

23 de mayo de 2019

RESOLUCION DE ALCALDIA N°123-2019
Mediante el Expediente de Trámite Interno N*1156-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha
de mayo del 2019, que adjunta Informe N* 032-2019-GAF-GM-MDS, remitido por la Gerencia de
Administración y Finanzas, donde solicita ENCARGO INTERNO, y;
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194” de la Constitución Política del Estado Peruano,
sl ¿ modificado por la Ley N* 30305, en concordancia con el Art. 1! del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica

“de Municipalidades Ley N? 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son
7 órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y gozan de autonomía política, económica
: y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía que la constitución política del Perú
establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
sujeción al ordenamiento jurídico”:

Que, la Ley N” 30879 - LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO
FISCAL 2019 en el Artículo 4* inciso 4.2) Todo Acto Resolutivo, acto de administración o las resoluciones
administrativas que autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el crédito presupuestario
correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos
presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la Oficina de
Presupuesto y del jefe de la Oficina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de la
establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.

Que, la Directiva para la Ejecución Presupuestaria (Directiva N* 001-2019-EF/50.01),
establece las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno
nm. Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el año fiscal respectivo, en su artículo N* 12
Fase de ejecución del Gasto Público; La ejecución del gasto público es el proceso a través del cual se
atienden las obligaciones de gasto con el objetivo de financiar la prestación la prestación de los bienes y
servicios públicos y, a su vez, lograr resultados, conforme a los créditos presupuestarios autorizados en los

respectivos presupuestos institucionales de los pliegos.

Que, el Articulo N? 9, de la Ley N*28693 — Ley General del Sistema Nacional de Tesorería
establece que, son responsables de la administración de los fondos públicos en las unidades ejecutoras y
dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de Administración o quien haga de sus
veces y el Tesorero, cuya designación debe ser acreditada ante la Dirección Nacional del Tesoro Público;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N*121-2019-MDS-ALC en el Primero Artículo se APRUEBA
el Plan de Trabajo “37 ANIVERSARIO DE CREACIÓN POLITICA DEL DISTRITO DE SEPAHUA”, por el

monto de S/ 30,000.00 (Treinta mil con 00/100 soles) para ser financiado con 50% a cargo de la fuente
de financiamiento 2.09 Recursos Directamente Recaudados y 50% a cargo de la fuente de
financiamiento 5.7 FONCOMUN, de la meta 34 “Gerencia Recursos Materiales, Humanos y

Financieros”;
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