Resolución de Alcaldía N.° 118-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°118-2019
17 de mayo de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°118-2019
Mediante el Expediente de Trámite Interno N* 1113-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha
17 de mayo del 2019, que adjunta el Informe N* 170-2019-GPPyR-MDS, emitido por la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, propone la modificación presupuestal en el Nivel Institucional
tipo 2 créditos suplementarios por Saldo de Balance 2018 en el rubro 7 FONCOMUN y el rubro 18 canon,
tipo de recurso "13 plan de incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo. 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma
Constitucional, Ley N* 27680 y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley
N* 27972, establecen que las Municipalidades provinciales y Distritales son órganos de gobierno local.
Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, las
municipalidades son promotores de desarrollo local, con personería jurídica de derecho público;
Que, el artículo 80* inciso 80.2 establece, que las entidades que cuenten con programas
presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos
del mismo programa;
Que, el artículo 507, del Decreto Legislativo N°1440; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, indica que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como
consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en
el presupuesto inicial, son aprobadas mediante resolución del titular de la entidad;
Que, mediante Informe N* 170-2019-GPPyR-MDS, de fecha 17 de mayo del 2019, la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, solicita modificación Presupuestal en el Nivel Institucional tipo
2 créditos suplementarios por Saldo de Balance 2018 en el rubro 7 FONCOMUN y el rubro 18 canon, tipo
de recurso “13 plan de incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal;
Que, por estas consideraciones y en uso de las facultades conferidas por el Inc. 6 del Art, 20 de
La Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972;
SE RESUELVE:
an, ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Modificación del Presupuesto en el Nivel Institucional por concepto
de saldo de Balance, por la suma de S/ 74,270.00 (Setenta y cuatro mil doscientos setenta con 00/100
soles) según Nota de Modificación Presupuestal N” 052 y 053 respectivamente de acuerdo al siguiente
Mediante el Expediente de Trámite Interno N* 1113-2019, con formato de Hoja de Ruta de fecha
17 de mayo del 2019, que adjunta el Informe N* 170-2019-GPPyR-MDS, emitido por la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, propone la modificación presupuestal en el Nivel Institucional
tipo 2 créditos suplementarios por Saldo de Balance 2018 en el rubro 7 FONCOMUN y el rubro 18 canon,
tipo de recurso "13 plan de incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo. 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma
Constitucional, Ley N* 27680 y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley
N* 27972, establecen que las Municipalidades provinciales y Distritales son órganos de gobierno local.
Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, las
municipalidades son promotores de desarrollo local, con personería jurídica de derecho público;
Que, el artículo 80* inciso 80.2 establece, que las entidades que cuenten con programas
presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos
del mismo programa;
Que, el artículo 507, del Decreto Legislativo N°1440; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, indica que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como
consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en
el presupuesto inicial, son aprobadas mediante resolución del titular de la entidad;
Que, mediante Informe N* 170-2019-GPPyR-MDS, de fecha 17 de mayo del 2019, la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Racionalización, solicita modificación Presupuestal en el Nivel Institucional tipo
2 créditos suplementarios por Saldo de Balance 2018 en el rubro 7 FONCOMUN y el rubro 18 canon, tipo
de recurso “13 plan de incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal;
Que, por estas consideraciones y en uso de las facultades conferidas por el Inc. 6 del Art, 20 de
La Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972;
SE RESUELVE:
an, ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Modificación del Presupuesto en el Nivel Institucional por concepto
de saldo de Balance, por la suma de S/ 74,270.00 (Setenta y cuatro mil doscientos setenta con 00/100
soles) según Nota de Modificación Presupuestal N” 052 y 053 respectivamente de acuerdo al siguiente