Resolución de Alcaldía N.° 110-2019- MDS

RESOLUCION DE ALCALDIA N°110-2019

10 de mayo de 2019

RESOLUCION DE ALCALDIA N°110-2019
CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo Il del Título Preliminar de
la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N* 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de
Gobierno Local que gozan de autonomía económica Politica y administrativa en los asuntos de su competencia

Que, el artículo 4* de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la
familia, y promueven el Matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad;

Que, el Código Civil señala en el artículo 234* que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por
un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado
Código, a fin de hacer vida común;



Que, el numeral 16 del articulo 20? de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es
atribución del Alcalde, celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil;

Que, es política de la actual Gestión Municipal, promover el matrimonio como institución social y juridica, entre
aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer matrimonio civil para contribuir a la consolidación
de la familia como célula básica de la sociedad, cautelando su legalidad y seguridad jurídica;

Que, con motivo de Conmemorase un Aniversario más de la Creación Política del Distrito de Sepahua se
propone la realización de la celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2019 que se realizara el dia 29 de
mayo del año 2019,

Que, en merito a lo expuesto en los considerados precedentes y a las facultades y a las facultades conferidas
en el inciso 8) del Articulo 20 de la Ley N*27972-Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero: AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Comunitario con motivo de celebrarse el
37 Aniversario de Creación Política del Distrito de Sepahua, la misma que se llevará a cabo el día 29 de mayo
del 2019.

Artículo segundo: ESTABLECER que los requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil
Comunitario, deberán presentarse de acuerdo con lo establecido en el artículo N” 248 del Código Civil,

Artículo Tercero: DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los futuros contrayentes que
hayan cumplido con la presentación de la documentación requerida y que se encuentren aptos para contraer
matrimonio, en mérito a lo dispuesto en el artículo N* 252 del Código Civil.



Artículo cuarto: NOTIFICAR la presente resolucion a la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, a ile
Oficina de Registro Civil, asi como a las demas estancias que correspondan.

ARTICULO QUINTO: DISPONER a la secretaria general en coordinación con la Unidad de Informática, la
publicación de la presente Resolución, por el portal Web de Transparencia de la Municipalidad Distrital de
Sepahua.
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