Resolución de Alcaldía N.° 108-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°108-2019
10 de mayo de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°108-2019
VISTO:
Mediante el Expediente de Trámite Interno N” 1045-2019, con Formato de Hoja de Ruta
ue fecha 10 de mayo del 2019, que adjunta informe N*160-2019-GPPyR-MDS, de fecha 10 de
mayo del 2019, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, propone
Formalización de Modificación Presupuestal Tipo 3 anulaciones y habitaciones presupuestales
en el nivel funcional programático del mes de abril del año 2019.
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo dispuesto en el artículo 194” de la constitución Política del Perú,
reformada por Ley N” 27680 concordante con el artículo || del Título preliminar de la Ley N*
27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son personas Juridicas de derecho público y por
consiguiente gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante la Resolución de Alcaldía N* 219-2018-MDS-ALC, de fecha 28/12/2018,
se aprobó el presupuesto Institucional de Apertura del Pliego- Municipalidad Distrital de
Sepahua, por el importe total de S/ 10'205,785.00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTO CINCO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para el período correspondiente entre 01 de
Enero al 31 de Diciembre del Año Fiscal 2019;
Que, mediante informe N* 160-2019-GPPyR-MDS, de fecha 10 de mayo del 2019, de la
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, propone la formalización de la
funcional programático del mes de abril del año 2019; es necesario realizar la formalización de
tales modificaciones de Créditos Presupuestales y Anulaciones, hecho que no implica el
incremento o la disminución del Presupuesto en la Unidad Ejecutor 301823 Municipalidad
Distrital de Sepahua.
Que, asimismo el Decreto Legislativo N” 1440, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público, en su Artículo 47”, establece los mecanismos para efectuar
modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático son
aprobados mediante
Resolución del Titular a propuesta de la oficina de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto o
de la que haga sus veces en la Entidad.
Que, estando a los considerados expuestos y con las facultades conferidas en virtud a
lo dispuesto en el Artículo 20”, Inc. 06 de la Ley N” 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades.
VISTO:
Mediante el Expediente de Trámite Interno N” 1045-2019, con Formato de Hoja de Ruta
ue fecha 10 de mayo del 2019, que adjunta informe N*160-2019-GPPyR-MDS, de fecha 10 de
mayo del 2019, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, propone
Formalización de Modificación Presupuestal Tipo 3 anulaciones y habitaciones presupuestales
en el nivel funcional programático del mes de abril del año 2019.
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo dispuesto en el artículo 194” de la constitución Política del Perú,
reformada por Ley N” 27680 concordante con el artículo || del Título preliminar de la Ley N*
27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son personas Juridicas de derecho público y por
consiguiente gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante la Resolución de Alcaldía N* 219-2018-MDS-ALC, de fecha 28/12/2018,
se aprobó el presupuesto Institucional de Apertura del Pliego- Municipalidad Distrital de
Sepahua, por el importe total de S/ 10'205,785.00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTO CINCO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para el período correspondiente entre 01 de
Enero al 31 de Diciembre del Año Fiscal 2019;
Que, mediante informe N* 160-2019-GPPyR-MDS, de fecha 10 de mayo del 2019, de la
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, propone la formalización de la
funcional programático del mes de abril del año 2019; es necesario realizar la formalización de
tales modificaciones de Créditos Presupuestales y Anulaciones, hecho que no implica el
incremento o la disminución del Presupuesto en la Unidad Ejecutor 301823 Municipalidad
Distrital de Sepahua.
Que, asimismo el Decreto Legislativo N” 1440, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público, en su Artículo 47”, establece los mecanismos para efectuar
modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático son
aprobados mediante
Resolución del Titular a propuesta de la oficina de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto o
de la que haga sus veces en la Entidad.
Que, estando a los considerados expuestos y con las facultades conferidas en virtud a
lo dispuesto en el Artículo 20”, Inc. 06 de la Ley N” 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades.