Resolución de Alcaldía N.° 068-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°068-2019
2 de abril de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°068-2019
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo !I del Título Preliminar
de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son los órganos
de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de los Servicios de Saneamiento, Ley N°
26338, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA, en su artículo 169, inciso c) y d)
enmarcan los roles de las municipalidades respecto a las organizaciones comunales y en su artículo 175
establecen las condiciones y requisitos para proceder a la Inscripción de las Organizaciones Comunales en
el Libro de Registro de la respectiva Municipalidad.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 023-2015-MDS, de fecha 07 de diciembre del año 2015, se
dispuso la Apertura del Libro de Registro de Inscripción de Organizaciones Comunales responsables de la
Administración, Operación y Mantenimiento de los Servicios de Saneamiento del distrito de Sepahua,
provincia de Atalaya, región Ucayali.
Que la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Caserío de Nuevo Jerusalén, solicita
el reconocimiento e Inscripción en el registro correspondiente, la misma que cumple con los requisitos
establecidos en la normativa vigente, petición que es procedente.
De conformidad con la Ley N* 26338 y su TUO— Reglamento de la Ley General de Saneamiento, aprobado
por Decreto Supremo N” 023-2005-VIVIENDA, la Ordenanza Municipal que crea y reglamenta el Registro
Municipal de las Juntas Administradoras de los Servicios de Saneamiento (JASS) y con las atribuciones
mm, conferidas por el Articulo 20, numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N* 27972.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: REGISTRAR a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento del Caserío
Nueva Jerusalén — Distrito de Sepahua, Como Organización Comunal JASS, RESPONSABLE de la
Administración Operación y Mantenimiento de los Servicios de Saneamiento, disponiéndose que el Área
Técnica Municipal (ATM) proceda con el registro y emita la Constancia de inscripción en el Registro
correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER como Miembros Integrantes del Concejo Directivo de la Junta
Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS), del Caserío Nueva Jerusalén por el espacio de dos
(02) años, a partir del 05 de febrero del 2019 hasta el 05 de Febrero del 2021 a los siguientes ciudadanos:
. PRESIDENTE : EDWIN LUCAS GOMEZ DNI N* 42069908
. SECRETRO : TULIO QUISPE SACCSARA DNI N* 43337267
. TESORERO : BENJAMIN PARDO DAGA DNI N? 22979959
. VOCAL : GUSMAN CHARI CHANQUETI. DNI N* 21005327
. FISCAL : ROMULO ALIAGA YAURI DNI N* 19969263
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo !I del Título Preliminar
de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son los órganos
de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de los Servicios de Saneamiento, Ley N°
26338, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA, en su artículo 169, inciso c) y d)
enmarcan los roles de las municipalidades respecto a las organizaciones comunales y en su artículo 175
establecen las condiciones y requisitos para proceder a la Inscripción de las Organizaciones Comunales en
el Libro de Registro de la respectiva Municipalidad.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 023-2015-MDS, de fecha 07 de diciembre del año 2015, se
dispuso la Apertura del Libro de Registro de Inscripción de Organizaciones Comunales responsables de la
Administración, Operación y Mantenimiento de los Servicios de Saneamiento del distrito de Sepahua,
provincia de Atalaya, región Ucayali.
Que la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Caserío de Nuevo Jerusalén, solicita
el reconocimiento e Inscripción en el registro correspondiente, la misma que cumple con los requisitos
establecidos en la normativa vigente, petición que es procedente.
De conformidad con la Ley N* 26338 y su TUO— Reglamento de la Ley General de Saneamiento, aprobado
por Decreto Supremo N” 023-2005-VIVIENDA, la Ordenanza Municipal que crea y reglamenta el Registro
Municipal de las Juntas Administradoras de los Servicios de Saneamiento (JASS) y con las atribuciones
mm, conferidas por el Articulo 20, numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N* 27972.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: REGISTRAR a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento del Caserío
Nueva Jerusalén — Distrito de Sepahua, Como Organización Comunal JASS, RESPONSABLE de la
Administración Operación y Mantenimiento de los Servicios de Saneamiento, disponiéndose que el Área
Técnica Municipal (ATM) proceda con el registro y emita la Constancia de inscripción en el Registro
correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER como Miembros Integrantes del Concejo Directivo de la Junta
Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS), del Caserío Nueva Jerusalén por el espacio de dos
(02) años, a partir del 05 de febrero del 2019 hasta el 05 de Febrero del 2021 a los siguientes ciudadanos:
. PRESIDENTE : EDWIN LUCAS GOMEZ DNI N* 42069908
. SECRETRO : TULIO QUISPE SACCSARA DNI N* 43337267
. TESORERO : BENJAMIN PARDO DAGA DNI N? 22979959
. VOCAL : GUSMAN CHARI CHANQUETI. DNI N* 21005327
. FISCAL : ROMULO ALIAGA YAURI DNI N* 19969263