Resolución de Alcaldía N.° 018-2019- MDS
RESOLUCION DE ALCALDIA N°018-2019
2 de enero de 2019
RESOLUCION DE ALCALDIA N°018-2019
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece en su Título Preliminar Articulo Il, Autonomía
nunicipal "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
competencia, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica
la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico, la autonomia confiere a los gobiernos locales, poderes competencias, atribuciones y recursos para la
gestión y administración de su respectiva circunscripción, sin injerencia de nadie:
Que, el Artículo 20°, numeral 6, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante LOM,
establece que son atribuciones del Alcalde dictar Decretos, y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes
y Ordenanzas;
Que, el numeral 28 del Artículo N° 20 de la LOM, prevé que son atribuciones del Alcalde nombrar, contratar,
césar y sancionar a los servidores municipales;
Que, mediante Memorándum N° 017-2019-ALC-MDS de fecha 02 de Enero de 2019; se le designa al
Bach.WILBER HUILLCA QUISPE desempeñar las funciones de JEFE DE UNIDAD de la Unidad de Imagen
Institucional y Protocolo;
Que, conforme a lo mormado por los incisos 1), 3) y 17) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, son atribuciones del Alcalde, entre otras (i) defender y cautelar los derechos e intereses de la
municipalidad y los vecinos; (ii) ejecutar los acuerdos del concejo municipal bajo responsabilidad; y (iii) designar
y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza;
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece en su Título Preliminar Articulo Il, Autonomía
nunicipal "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de
competencia, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica
la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico, la autonomia confiere a los gobiernos locales, poderes competencias, atribuciones y recursos para la
gestión y administración de su respectiva circunscripción, sin injerencia de nadie:
Que, el Artículo 20°, numeral 6, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante LOM,
establece que son atribuciones del Alcalde dictar Decretos, y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes
y Ordenanzas;
Que, el numeral 28 del Artículo N° 20 de la LOM, prevé que son atribuciones del Alcalde nombrar, contratar,
césar y sancionar a los servidores municipales;
Que, mediante Memorándum N° 017-2019-ALC-MDS de fecha 02 de Enero de 2019; se le designa al
Bach.WILBER HUILLCA QUISPE desempeñar las funciones de JEFE DE UNIDAD de la Unidad de Imagen
Institucional y Protocolo;
Que, conforme a lo mormado por los incisos 1), 3) y 17) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, son atribuciones del Alcalde, entre otras (i) defender y cautelar los derechos e intereses de la
municipalidad y los vecinos; (ii) ejecutar los acuerdos del concejo municipal bajo responsabilidad; y (iii) designar
y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza;