Resolución de Alcaldía N.° 032-2026-MDS-A

8 de enero de 2026

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. DELEGAR
al Abog. PAUL RENE BERROCAL ALCOSER, Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Sapillica, funcionario designado con resolución de Alcaldía N°01-2026-MDS-A de fecha 02 de enero del 2026, las siguiente facultades y atribuciones administrativas señaladas precedentemente, quedando establecida de la sigulente manera:

1. Las facultades previstas en los numerales 1), 15), 19), 23). 25) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972.

2. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Sapillica y sus modificaciones, así como efectuar la evaluación semestral del mismo.
[11:52 a.m., 20/1/2026] Luis Alejandro: 3. Aprobar expedientes técnicos para la ejecución de proyectos de inversión pública. ampliaciones de plazu, modificaciones del analitico de partidas y otros relacionados con la ejecución de obras

4. Aprobar expedientes administrativos de contratación para la convocatoria de los diferentes procesos de selección que convoque la entidad, aprobar las bases de los proceses de selección, designar y/o reconformar los comités de selección conforme lo dispuesto en la Ley y reglamento de Contrataciones del Estadu vigente.

5. Designar los Comités Especiales y Permanentes que conducirán los procesos de selección para las contrataciones de bienes, servicios, ejecución y consultoria de obras, en los diversos procesos de selección conforme a lo prescrito en la Ley y reglamento de Contrataciones del Estado vigente

6. Disponer la reducción de bienes y servicios, asi como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios hasta el 25% del monto contratado siempre que se ruente con la asignación presupuestal necesaria conforme to prevé la Ley y reglamento de Contrataciones del Fatado vigente.

17. Aprobar las propuestas económicas de los postores que superan el valor referencial en los procesos de selección hasta un limite del 10% siempre que se ciente con la asignación presupuestal necesaria de acuerdo al reglamento de la Ley de Contrataciones

8. Aprobar la cancelación de los procesos de selección diversos, por las causales previstas en la Ley y Regiamento de Contrataciones del Estado Vigentes.

9. Suscribir y Resolver contratos derivades de los procesos de selección, contratos complementarios y resolver las solicitudes de ampliación de plam y otras modificaciones contractuales de conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado Vigentes.

10. Aprobar las ofertas que superen el valor estimado de los procesos de selección hasta el limite previsto en la Ley y reglamento de Contrataciones del Estado vigente, previa certificación de crédito presupuestario correspondiente

11. Suscribir contratos de ejecución de obras, consultorías, locación de servicios, como adendas, prorrogas, renovación, que se deriven de las mismas y resolver cualquier controversia en cuanto a la ejecución de los referidos contratos

12. Designar el comité de recepción de obra, así como aprobar la liquidación técnica y financiera de obra y consultoria, conforme a lo establecido en la Ley y reglamento de Contrataciones del Estado vigente.

13. Implementar bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria interna

14. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de la Corporación Municipalidad y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o por contrata

15. Disponer Actos Administrativos que resuelvan dejar sin efecto y/o nulidad de actos administrativos y de administración que se hayan emitido sin cumplir los procedimientos en primera instancia.

16. Aprobar adicionales y deductivos de las obras ejecutadas en la modalidad de administración directa.

ARTICULO SEGUNDO. El funcionario delegado deberá dar cuenta al despacho de alcaldía de las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación de funciones.

ARTÍCULO TERCERO.- Las acciones que se realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de las funciones contenidas en la presente resolución de alcaldía, deben efectuarse con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que rigen bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su procesamiento y del funcionario competente que autoría el acto pertinente

ARTÍCULO CUARTO DÉJESE SIN EFECTO toda disposición administrativa que se oponga a la presente Resolución.

ARTICULO QUINTO. ENCARGAR
a la Gerencia Municipal, y demás áreas administrativas competentes el cumplimiento de la presente Resolución.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
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