Resolución de Alcaldía N.° 260-2025-MDS-A
26 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER el saldo pendiente por concepto de pago de beneficios sociales bajo los alcances del texto único ordenado de la Ley de productividad y competitividad laboral aprobado mediante decreto legislativo 728 recaído en el expediente judicial N°00008-2021-0-3103-JP-LA01 a favor del Sr. Ausberto Carmen Chuquihuanca, según cronograma de pago de sentencia judicial aprobado mediante resolución de alcaldía N°306-2024-MDS por el monto de S/. 9,279.43 (Nueve mil doscientos setenta y nueve con 43 soles), conforme al siguiente desagregado:
| | NOMBRE | N° | FECHA DE PAGO | MONTO
| | AUSBERTO CARMEN CHUQUIHUANCA | 3 | OCTUBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 4 | NOVIEMBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 5 | DICIEMBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 6 | ENERO - 2024 | S/. 2,319.83
| TOTAL | S/. 9,279.43
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| | AUSBERTO CARMEN CHUQUIHUANCA | 3 | OCTUBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 4 | NOVIEMBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 5 | DICIEMBRE - 2024 | S/. 2,319.83
| | 6 | ENERO - 2024 | S/. 2,319.83
| TOTAL | S/. 9,279.43
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ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER como herederos de acuerdo al ACTA DE SUCESION INTESTADA N°23 de fecha 04/04/2025, extendida por el Notario Publico de Sullana Edgardo Gonzales Campos; se declara como únicos y universales herederos de AUSBERTO CARMEN CHUQUIHUANCA quien en vida se identifico con DNI N°02755459 fallecido ab-intestado el 25/09/2024 en el distrito de Sapillica, provincia de Ayabaca y departamento de Piura; a su cónyuge supérstite LIDIA CORDOVA MONTALBAN, y a su hijo YHEFRY ADONYS CARMEN CORDOVA.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Unidad de Tesorería realizar el tramite correspondiente para el cumplimiento del saldo pendiente de pago de beneficios sociales bajo los alcances del texto único ordenado de la Ley de productividad y competitividad laboral aprobado mediante decreto legislativo 728 recaído en el expediente judicial N°00008-2021-0-3103-JP-LA01 a favor de los herederos mencionados en el articulo precedente.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente Resolución de Alcaldía a la parte interesada; Gerencia Municipal; Unidad de Recursos Humanos; Oficina de Asesoría Jurídica; Unidad de Tesorería; Oficina de Planeamiento y Presupuesto de esta Municipalidad, para su cumplimiento y demás fines, conforme lo establece la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N°27444, y la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N°27972.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Unidad de la Tecnología de la Información de esta Municipalidad, la publicación de la presente disposición en la página web de la institución la notificación de la presente Resolución de Alcaldía.
