Ordenanza Municipal N.° N.° 007-2023-MDS-A

ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHIBE EL COMERCIO AMBULATORIO DENTRO DEL ÁREADE LA PLAZA DE ARMAS DEL DISTRITO DE SAPILLICA, DURANTE EL DESARROLLO DE EVENTOS OFICIALES ORGANIZADOS POR LA MDS

23 de junio de 2023

ARTÍCULO 1.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objeto dictar medidas para declarar zona regida y/o prohibida, durante el desarrollo de eventos organizados por la
Municipalidad Distrital de Sapillica.
ARTÍCULO 2.- AMBITO DE LA APLICACIÓN La presente ordenanza es de aplicación en el centro de la ciudad de Sapillica y se dicta a fin de garantizar el cumplimiento de las medidas complementarias.
ARTÍCULO 3.: NATURALIDAD Y TEMPORALIDAD La presente ordenanza es naturaleza provisional y se aplicará en tanto no se dicten o aprueben nuevas medidas del gobierno local o pudiendo ser convertido en definitivo según evaluación y resultado de su aplicación e implementación.
ARTÍCULO 4. - PROHIBIR todo tipo de comercio ambulatorio, en la Plaza de Armas del distrito de Sapillica, durante el desarrollo de eventos oficiales organizados por la Municipalidad Distrital de Sapillica, como el aniversario del Distrito, Fiestas Patrias y similares.

ARTÍCULO 5.- VIGENCIA. - La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación.

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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2023-MDS-A (1)

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