Resolución de Alcaldía N.° 83-2022-MDS "A"

15 de marzo de 2022

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el requerimiento efectuado por la Procuraduría Publica de Municipalidad distrital de Sapillica, respecto a la formalización de denuncia ante la Secretaria Técnica del Consejo de Ética del OSCE, en cumplimiento al artículo 19° y 20° de la Resolución N° 136-2019-OSCE/PRE, de fecha 22 de julio del 2019, los numerales 45.28 y 45.30 de la Ley 30225 y al artículo 254° del DS. N° 344-2018-EF, que aprueba su Reglamento.

ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR
al Consejo de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado, realice las investigaciones en torno a las presuntas infracciones cometidas por el árbitro JUAN JASHIM VALDIVIESO CERNA del Centro de Arbitraje "ARBITRARE", por inobservar y contravenir los deberes que contemplan el Código de Ética, demostrando inconductas dolosas ( no obstante conocer la presunta comisión del Delito contra la fe Pública-en la modalidad de Falsificación de documentos - títulos valor, (Cartas Fianzas de Garantía de Fiel Cumplimiento y Adelanto Directo N° 989206 y 989207 respectivamente), actuaciones arbitrales no ajustadas a la normatividad vigente que infringen los principios de independencia, imparcialidad, transparencia y debida conducta procedimental, al emitir el laudo arbitral con el objeto de favorecer intereses mezquinos del Consorcio LLicsa en agravio del Estado, el mismo que debe declararse su nulidad.

ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR al Consejo de Ética para el Arbitraje en contrataciones del Estado, se impongan las sanciones drásticas y ejemplarizadoras contra el referido árbitro y contra el Centro de Arbitraje "ARBITRARE", de conformidad al articulo 45.30 del articulo 45° de la Ley 30225, que guarda relación con el artículo 254° de su Reglamento y los artículos 19° y 20° de la Resolución N° 136-2019-OSCE/PRE, de fecha 22 de julio del 2019.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que una vez agotada la vía administrativa, la Procuraduría Municipal realice las acciones que correspondan ante el Órgano Jurisdiccional competente.

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR
, la presente resolución conforme al articulo 18° de la Ley 27444; asimismo, encargar al Área de Informática y Soporte Técnico la publicación de la presente Resolución en la página web de la institución.

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