Resolución de Alcaldía N.° 318-2021-MDS "A"
9 de diciembre de 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: CUMPLIR EL MANDATO JUDICIAL, contenido en la Resolución N° 06 de fecha 13/12/2019, emitida por el Juzgado Especializado de Trabajo Supraprovincial de Sullana, recaída en el expediente N° 208-2019-0-3101-JR-LA-01, confirmada por la sala laboral TRANSITORIA de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Sullana y la Casación Laboral N° 4620-2020 del 23/07/21, según Resolución N° 08 de fecha 19/10/21, mediante el cual se dispone que el trabajador JHONY DEYVI BENITES VILELA, sea incluido en la planilla de obreros, sujeta al Decreto Legislativo N°728 y Decreto Supremo N° 03-97-TR, que aprueba el TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral; con eficacia anticipada (01 de enero del 2016 a la fecha) conforme lo establece la sentencia en cosa juzgada, así como el articulo 17° de la Ley 27444, debiéndose REPONER el recurrente en el cargo previo al despido, con el mismo nivel y categoría remunerativa.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, disponga el pago S/. 24,051.40 (VEINTE Y CUATRO MIL CINCUENTA Y UNO Y 40/100 SOLES) a favor del trabajador del trabajador JHONY DEYSI BENITES VILELA, por concepto de CTS, gratificaciones legales, vacaciones no gozadas, asignación familiar y despido incausada, correspondiente al periodo comprendido desde 01 de enero del 2016 hasta el 02 de enero de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que la gerencia Municipal a través de la Unidad de Recursos Humanos, efectué la liquidación de los beneficios laborales que corresponden al demandante, por el periodo comprendido desde el 03 de enero del 2019 a la fecha, consistentes en depósitos por CTS, gratificaciones legales, vacaciones no gozadas, asignación familiar y bonificación por despido incausado, debiendo derivarse para opinión jurídica. Según el siguiente detalle...
ARTÍCULO PRIMERO: CUMPLIR EL MANDATO JUDICIAL, contenido en la Resolución N° 06 de fecha 13/12/2019, emitida por el Juzgado Especializado de Trabajo Supraprovincial de Sullana, recaída en el expediente N° 208-2019-0-3101-JR-LA-01, confirmada por la sala laboral TRANSITORIA de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Sullana y la Casación Laboral N° 4620-2020 del 23/07/21, según Resolución N° 08 de fecha 19/10/21, mediante el cual se dispone que el trabajador JHONY DEYVI BENITES VILELA, sea incluido en la planilla de obreros, sujeta al Decreto Legislativo N°728 y Decreto Supremo N° 03-97-TR, que aprueba el TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral; con eficacia anticipada (01 de enero del 2016 a la fecha) conforme lo establece la sentencia en cosa juzgada, así como el articulo 17° de la Ley 27444, debiéndose REPONER el recurrente en el cargo previo al despido, con el mismo nivel y categoría remunerativa.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, disponga el pago S/. 24,051.40 (VEINTE Y CUATRO MIL CINCUENTA Y UNO Y 40/100 SOLES) a favor del trabajador del trabajador JHONY DEYSI BENITES VILELA, por concepto de CTS, gratificaciones legales, vacaciones no gozadas, asignación familiar y despido incausada, correspondiente al periodo comprendido desde 01 de enero del 2016 hasta el 02 de enero de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que la gerencia Municipal a través de la Unidad de Recursos Humanos, efectué la liquidación de los beneficios laborales que corresponden al demandante, por el periodo comprendido desde el 03 de enero del 2019 a la fecha, consistentes en depósitos por CTS, gratificaciones legales, vacaciones no gozadas, asignación familiar y bonificación por despido incausado, debiendo derivarse para opinión jurídica. Según el siguiente detalle...