Resolución de Alcaldía N.° 282-2021-MDS "A"
14 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la organización comunal denominada "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento-JASS Palo Santo del distrito de Sapillica, Provincia de Ayabaca, departamento de Piura, como organización comunal responsable de la Administración, operación y mantenimiento de los servicios de Saneamiento en el citado caserío.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER como miembros del consejo Directivo de la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento-JASS, cuyo vigencia será por (02) dos años, desde el 01/01/2021 al 01/01/2023, conformado de la siguiente manera...
ARTÍCULO TERCERO: RECONOCER como el/la Fiscal de la Jass-Palo Santo, por (02) dos años, del 01/06/2021 al 01/01/2023 ...
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que el Área Técnica Municipal de Gestión de Servicios de Saneamiento realice el registro de la organización comunal en el "Libro de Registro de Organizaciones Comunales" de la Municipalidad distrital de Sapillica, consecuentemente proceda con la emisión de la constancia de inscripción respectiva.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución conforme al articulo 18° del TUO de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo encargar al Área de Informática y Soporte Técnico para la publicación en la pagina web de la institución.
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la organización comunal denominada "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento-JASS Palo Santo del distrito de Sapillica, Provincia de Ayabaca, departamento de Piura, como organización comunal responsable de la Administración, operación y mantenimiento de los servicios de Saneamiento en el citado caserío.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER como miembros del consejo Directivo de la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento-JASS, cuyo vigencia será por (02) dos años, desde el 01/01/2021 al 01/01/2023, conformado de la siguiente manera...
ARTÍCULO TERCERO: RECONOCER como el/la Fiscal de la Jass-Palo Santo, por (02) dos años, del 01/06/2021 al 01/01/2023 ...
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que el Área Técnica Municipal de Gestión de Servicios de Saneamiento realice el registro de la organización comunal en el "Libro de Registro de Organizaciones Comunales" de la Municipalidad distrital de Sapillica, consecuentemente proceda con la emisión de la constancia de inscripción respectiva.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFIQUESE la presente Resolución conforme al articulo 18° del TUO de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo encargar al Área de Informática y Soporte Técnico para la publicación en la pagina web de la institución.