Acuerdo de Concejo N.° 002-2024-CM/MDSDO-PH
12 de enero de 2024
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO. - APROBAR el apoyo con gorritos, mandiles y banner a la Olla Común Madres de Villa Navara del distrito de Santo Domingo de los Olleros asimismo atender con los mismos implementos de higiene y salubridad a todas las ollas comunes del distrito de Santo Domingo de los Olleros por las consideraciones antes expuestas
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social realizar las coordinaciones y acciones necesarias con todas la Ollas Comunes para :a ejecución del presente acuerdo, mediante la elaboración de un pequeño Proyecto.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR al Gerente Municipal, así como a la Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina de Logística, Oficina de Contabilidad y demás áreas correspondientes, el seguimiento y cumplimiento del presente acuerdo de Conce¡o.
ARTICULO CUARTO. - ENCARGAR a Secretaría General la notificación y distribución del presente Acuerdo de Concejo, a las diferentes áreas de la Municipalidad.
ARTICULO PRIMERO. - APROBAR el apoyo con gorritos, mandiles y banner a la Olla Común Madres de Villa Navara del distrito de Santo Domingo de los Olleros asimismo atender con los mismos implementos de higiene y salubridad a todas las ollas comunes del distrito de Santo Domingo de los Olleros por las consideraciones antes expuestas
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social realizar las coordinaciones y acciones necesarias con todas la Ollas Comunes para :a ejecución del presente acuerdo, mediante la elaboración de un pequeño Proyecto.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR al Gerente Municipal, así como a la Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina de Logística, Oficina de Contabilidad y demás áreas correspondientes, el seguimiento y cumplimiento del presente acuerdo de Conce¡o.
ARTICULO CUARTO. - ENCARGAR a Secretaría General la notificación y distribución del presente Acuerdo de Concejo, a las diferentes áreas de la Municipalidad.