Ordenanza N.° 00073-2011-MDSA
27 de agosto de 2011
Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de Santa Anita, podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza que hayan ejecutado obras de ampliación, remodelación (culminadas y/o casco habitable) así como la demolición, deben haber concluido antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza.