Resolución de Alcaldía N.° RES-102-2019

9 de diciembre de 2019

Declarar la Nulidad de oficio de la Resolución de Gerencia N° 045-2017-GM/MSMM de fecha 07 de noviembre de 2017; en consecuencia, déjese sin efecto lo dispuesto en la precitada Resolución, de acuerdo con lo expuesto por la Gerencia de Desarrollo y los actuados que obran en el Memorandum N° 113-2019-GDU/MSMM de fecha 01 de octubre de 2019, de conformidad con las disposiciones legales enunciadas en los considerandos precedentes.
Retrotraer el presente procedimiento de Regularización de Habilitación Urbana, organizado mediante el expediente N° 0670-2016 de fecha 22 de abril de 2016, a la etapa de pronunciamiento a ser emitido, respecto de las cartas de fechas 28 de abril de 2017, 18 de mayo de 2017 y 04 de junio de 2017, referidas al trámite de "Replanteo y Modificación de Habilitación Urbana", que fuera organizado por la empresa Compañía Inmobiliaria Balnearios S.A.C - CIBSAC.
Declarar improcedente los petitorios formulados por la empresa Compañía Inmobiliaria Balnearios S.A.C - CIBSAC, mediante la presentación de las cartas de fechas 28 de abril de 2017, 18 de mayo de 2017 y 04 de junio de 2017, referidas al trámite de "Replanteo y Modificación de Habilitación Urbana", que fuera organizado por la empresa Compañía Inmobiliaria Balnearios S.A.C - CIBSAC, dentro del procedimiento de Regularización de Habilitación Urbana, el cual obra en el Expediente N° 0670-2016 de fecha 22 de abril de 2016.

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RESOLUCION DE ALCALDIA N° 102-2019-MDSMM

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