Resolución de Alcaldía N.° 015-2026-MDSE-H/L
6 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo que recae en el OFICIO N°010- 2026-MDSE-ALC de fecha 19 de enero de 2026, por haber contravenido el procedimiento legal establecido, conforme se fundamenta en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - RETROTRAER, el procedimiento administrativo hasta la presentación de la carta N°003-2026- GG, registrado con expediente N°064-2026 de fecha 08 de enero de 2026, suscrito por el Gerente General de la empresa Centro Nacional de Servicios - CNS S.A.C.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, Oficina de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información publicar la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital De Santa Eulalia (www.gob.pe/munisantaeulalia).
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo que recae en el OFICIO N°010- 2026-MDSE-ALC de fecha 19 de enero de 2026, por haber contravenido el procedimiento legal establecido, conforme se fundamenta en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - RETROTRAER, el procedimiento administrativo hasta la presentación de la carta N°003-2026- GG, registrado con expediente N°064-2026 de fecha 08 de enero de 2026, suscrito por el Gerente General de la empresa Centro Nacional de Servicios - CNS S.A.C.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, Oficina de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información publicar la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital De Santa Eulalia (www.gob.pe/munisantaeulalia).
