Ordenanza Municipal N.° 015-2025-MDSE-H/L
30 de octubre de 2025
PRIMERA. - Queda establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario. En consecuencia, las deudas por Cobranza Coactiva seguirán su procedimiento regular de tramitación, siempre que no se haya acogida a la
SEGUNDA. - Facúltese al señor alcalde de la Municipalidad de Santa Eulalia para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la prórroga de la presente Ordenanza dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma.
TERCERA. - La Gerencia Municipal, la Gerencias de Administración Tributaria y secretaria general quedan encargadas para la ejecución y difusión de la presente Ordenanza.
CUARTA. - La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades N' 27972 y lo dispuesto en la Ley N 30773 que lo modifica.
QUINTA. -Deróguese y déjese sin efecto cualquier normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
SEXTA. - Encargase a la Gerencia de Administración Tributaria el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
SÉTIMA. - Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el numeral 3 y 4 del Ordenanza. artículo 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y/o La Ley 30773 Ley que modifica el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades y encargase a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación de la misma en el portal institucional www.munisantaeulalia.gob.pe
