Ordenanza Municipal N.° 010-2025-MDSE-H/L

25 de setiembre de 2025

Artículo Primero.- Ámbito de Aplicación: En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitución Política del Perú y leyes complementarias, por la presente Ordenanza se regula en la jurisdicción del distrito de Santa Eulalia, el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana (Serenazgo) en la jurisdicción del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, Departamento de Lima, para el año 2026.

Artículo Segundo.- Contribuyentes: Son sujetos pasivos en calidad de contribuyente regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Santa Eulalia.
Cuando no sea posible identificar o ubicar al propietario, son responsables los poseedores, tenedores o conductores de los predios. Son también obligados al pago de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza en calidad de contribuyente el representante de los mercados.
Asimismo, precise que, respecto a los predios de propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local; así como, las empresas en liquidación, que hayan sido afectados en uso a diferentes personas naturales o jurídicas, se consideran contribuyentes para el pago de los arbitrios, a los ocupantes de los mismos.
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Ordenanza Municipal N°010-2025

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