Resolución de Alcaldía N.° 0102-2025-MDSE-H/L
4 de julio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. -DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía N° 0264-2024-MDSE-H/L de fecha 08 de agosto de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. -DELEGAR las siguientes facultades al Jefe de la Oficina General de Administración de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia:
ARTÍCULO SEGUNDO. -DELEGAR las siguientes facultades al Jefe de la Oficina General de Administración de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia:
- Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponda, bajo el sistema de entrega de solo construcción, conforme al numeral 64.3 del artículo 64 de la Ley, y bajo el sistema de entrega de diseño y construcción, conforme a lo señalado en el Reglamento.
- Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo SS de la Ley.
- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Cuadro Multianual de Necesidades (PAC del CMN), así como sus modificatorias de conformidad con la primera disposición complementaria transitoria del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado con Decreto Supremo Nº009-2025-EF.
- Aprobar las Bases Administrativas propuestas para los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simplificada y subasta Inversa Electrónica.
- Suscribir contratos y adendas celebrados en el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas Ley Nº 32069 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF.
ARTÍCULO TERCERO. -El funcionario delegado deberá dar cuent;;i al Alcalde y al Gerente Municipal respecto a las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación, según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento, previsto en el numeral 1.2) del artículo N del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, de forma trimestral.
ARTÍCULO CUARTO. -DEJAR SIN EFECTO, todo acto administrativo que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía.