Ordenanza Municipal N.° 011-2024-MDSE-H/L
25 de octubre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO. - PRORRÓGUESE para el año fiscal 2025 los montos por derecho de serviciode emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y su distribución a domicilio aprobados mediante Ordenanza Municipal N º 017-2023,
ARTÍCULO SEGUNDO. - Los montos son los mismos aprobados para el año 2024, sin sufrir variación alguna, en consecuencia, queda establecido en S/ 13.55 (Trece y 55/100) soles por el primer predio, en caso de tener más de 1 predio, el monto adicional es de S/ 3.39 (tres y 39/100 soles), lo cual incluye 01(uno) recibo, formato HR (hoja de resumen), PU o PR (Predio Urbano o Predio Rústico) y HLA (Hoja Liquidación de Arbitrios). este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES:
PRIMERA. -DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2025 previa publicación en la página web de la Municipalidad de Santa Eulalia, y de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí que apruebe su ratificación.
SEGUNDA. - FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad de Santa Eulalia, a fin que dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
TERCERA. - ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración y demás unidades orgánicas competentes.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Los montos son los mismos aprobados para el año 2024, sin sufrir variación alguna, en consecuencia, queda establecido en S/ 13.55 (Trece y 55/100) soles por el primer predio, en caso de tener más de 1 predio, el monto adicional es de S/ 3.39 (tres y 39/100 soles), lo cual incluye 01(uno) recibo, formato HR (hoja de resumen), PU o PR (Predio Urbano o Predio Rústico) y HLA (Hoja Liquidación de Arbitrios). este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES:
PRIMERA. -DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2025 previa publicación en la página web de la Municipalidad de Santa Eulalia, y de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí que apruebe su ratificación.
SEGUNDA. - FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad de Santa Eulalia, a fin que dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
TERCERA. - ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración y demás unidades orgánicas competentes.