Ordenanza Municipal N.° 011-2015/CM-MDSE-H/L

16 de diciembre de 2015

ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO DE LA NORMA. Crear el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, con el objetivo de brindar una atención integral a las personas adultas mayores, para mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente ai desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra comunidad, implementando para ello en forma progresiva, diversos servicios y programas.

ARTÍCULO SEGUNDO.- FINALIDADES. Las que se encuentran establecidas en el articulo 8° de la Ley 28803, Ley de Personas Adultas Mayores.

ARTÍCULO TERCERO.- CELEBRACIÓN DE CONVENIOS. Suscribir convenios de colaboración interinstitucional, con instituciones públicas o privadas, en el marco de la Ley 28803, Ley de Personas Adultas Mayores y su Reglamento.

ARTÍCULO CUARTO.- PROMOCION DE LA ASOCIATIVIDAD DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES. El CIAM promoverá la asociatividad de las personas adultas mayores a través de la creación de organizaciones, mediante las cuales puedan desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad, además de participar como agentes activos de manera organizada y concertada en las actividades, proyectos y programas de la Municipalidad Distrital.

ARTÍCULO QUINTO.- UNIDAD RESPONSABLE. Sera responsable de conducir, orientar, supervisar, y monitorear el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor, la Gerencia de Desarrollo Social como órgano de línea dentro de la estructura orgánica funcional de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, y de acuerdo a su finalidad y funciones establecidas en al momento de su creación, la cual deberá contar con un equipo minimo interdisciplinario debidamente capacitado para la atención al adulto mayor.

ARTÍCULO SEXTO.- REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO. El reglamento de funcionamiento del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor - CIAM, será elaborado por la Gerencia de Desarrollo Social y aprobado mediante Resolución de Alcaldía.

ARTICULO SÉTIMO.- La prestación de los servicios y el desarrollo de programas del CIAM se realizarán de manera progresiva de acuerdo a las posibilidades presupuestales de la Municipalidad Distrítal de Santa Eulalia.

ARTICULO OCTAVO.- Se encarga a la Gerencia de Desarrollo Social la realización de las acciones administrativas para el cumplimiento de la presente ordenanza.
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