Resolución de Alcaldía N.° 0204-2024-MDSE-H/L

8 de mayo de 2024

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, la modificación de las facultades conferidas en la Resolución de Alcaldía N°0146-2024-MDSE-H/L a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, que a continuación se detallan:

  1. Aprobar y autorizar la ejecución de los expedientes técnicos de los proyectos de inversión pública de cualquier naturaleza, incluyendo las IOARR: inversiones de Optimización, ampliación marginal reposición y rehabilitación; e incluyendo la aprobación de sus fichas técnicas respectivas.
  2. Aprobar y modificar los expedientes técnicos, especificaciones técnicas y términos de referencias de los expedientes que se originen en la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural referidos a la ejecución de obra, consultoría de obra, estudios de pre - inversión, independientemente si se ejecutan por administración directa o indirecta.
  3. Aprobar y elaborar los informes respectivos para autorizar la ejecución de prestaciones de adicionales de obras menores o iguales al quince por ciento (15%) del valor de obra, adicionales de obras mayores o iguales al quince por ciento (15%) del valor de obra, deductivos vinculantes, ampliaciones de plazos, mayores y menores metrados de conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado vigente.
  4. Aprobar y elaborar los informes respectivos para los cortes y/o reducciones de metas de obra, si lo hubiese y el caso lo amerita.
  5. Designar inspector o inspectores de obras, responsables técnicos de obras, de trabajos de actividades y de obras por administración directa.
  6. Designación al comité de recepción de obra y servicios de consultoría, en concordancia con lo establecido en la Ley de Contrataciones, su reglamento y modificatorias.
  7. Aprobar la liquidación de obra de los contratos derivados de los respectivos procesos de selección según lo disponen la Ley de Contrataciones, su reglamento y modificatorias.
  8. Aprobar la liquidación de supervisión de contratos de obra.
  9. Determinar y aplicar penalidades contractuales, de los procedimientos de selección referidos a la ejecución de obras, estudios de pre-inversión relacionados a la ejecución de obras y consultorías de obras.
  10. Preparar, conservar y custodiar los expedientes de contratación de los procesos de contratación de obras y consultoría de obras.

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que las delegaciones previstas en la presente resolución son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley, mas no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso.

ARTICULO TERCERO: DE LA OBLIGACION DE DAR CUENTA
El funcionario delegado deberá dar cuenta al Alcalde y al Gerente Municipal respecto a las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación, según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento, previsto en el numeral 1.2) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, de forma trimestral.
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