Ordenanza Municipal N.° 005-2023-MDSE

10 de marzo de 2023

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo 34° del Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, aprobado con Ordenanza Municipal N°008-2019, el cual tendrá la siguiente redacción:
 
Artículo 34.- El Concejo Municipal Distrital de Santa Eulalia se reúne en sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes. Todas son de carácter público, salvo excepciones por las siguientes razones: 

1. Cuando los asuntos a tratar puedan afectar derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar y la propia imagen del personal del Gobierno Municipal;

2. Cuando los asuntos a tratar puedan comprometer o arriesgar estrategias económicas, sociales o políticas internas de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia; 

3. Cuando los secretos a tratar estén protegidos por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, etc; 

4. Cuando los asuntos a tratar puedan implicar un pronunciamiento previo de la autoridad competente que desnaturalice un proceso o procedimiento administrativo regulado.

En los casos enunciados la convocatoria se deberá precisar el carácter de reservado de la sesión.

Las sesiones pueden ser presenciales, virtuales o mixtas (presencial y Virtual), conforme a lo señalado en el Articulo 13-A de la Ley N°31270, aprobada el 14 de julio de 2021, que modifica la Ley N°27972.

Ante la imposibilidad de reunirse de manera presencial el concejo municipal puede sesionar válidamente utilizando medios virtuales, respetando las reglas que se señalan en el presente reglamento tanto para las sesiones ordinarias y extraordinarias, con relación a la convocatoria, el quorum requerido, el registro adecuado de las deliberaciones, así como la votación necesaria para adoptar acuerdos.

 
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Secretaria General y a las Gerencias y Sub Gerencias, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONGASE la publicación de la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el articulo 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley N°30773, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia (www.gob.pe/munisantaeulalia).
 
ARTICULO CUARTO.- DEROGASE, toda norma o disposición municipal que se oponga a lo dispuesto a la presente ordenanza.
 
ARTÍCULO QUINTO.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al día siguiente de su publicación.

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ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2023

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