Resolución de Alcaldía N.° 082-2022-MDSE-AL

20 de abril de 2022

VISTO: El Exp. Nº 1097-2022 presentado el 7 de abril de 2022 por doña PATRICIA DELIA MONTERO ZENTENO, quien solicita disolución del vínculo matrimonial, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 29227 regula el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en sede municipal y notarial, norma reglamentada mediante Decreto Supremo N° 009-2008-JUS;

Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos otorgó la acreditación para llevar a cabo el citado procedimiento no contencioso a la Municipalidad de Santa Eulalia, acreditación que ha sido renovada mediante Resolución Directoral N° 251-2018-JUS/DGJLR, expedida por la Dirección General de Justicia de dicho Ministerio;

Que, mediante el expediente del visto, cuyo antecedente es el Expediente Administrativo N° 3308- 2021 de fecha 26 de noviembre del 2021 presentado por don EDUARDO ORE QUINTO identificado con DNI Nº 09729899 y doña PATRICIA DELIA MONTERO ZENTENO identificada con DNI Nº 20056472; solicitan la disolución del vínculo matrimonial, del matrimonio celebrado el día 18 de junio de 2009 ante la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, Provincia de Huarochirí - Departamento de Lima;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 034-2022-MDSE-AL, de fecha 3 de febrero de 2022, se declaró la separación convencional de los cónyuges don EDUARDO ORE QUINTO y doña PATRICIA DELIA MONTERO ZENTENO;
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