Resolución de Alcaldía N.° 061-2022-MDSE-AL
10 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Administrativo N° 0382-2022 de fecha 4 de febrero de 2022 presentado por don CARLOS CANO HILARION y doña SIMONA MARIBEL CONTEÑA QUISPE, quienes solicitan separación convencional, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 29227 regula el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en sede municipal y notarial, norma reglamentada mediante Decreto Supremo N° 009-2008-JUS;
Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos otorgó la acreditación para llevar a cabo el citado procedimiento no contencioso a la Municipalidad de Santa Eulalia, acreditación que ha sido renovada mediante Resolución Directoral N° 251-2018-JUS/DGJLR, expedida por la Dirección General de Justicia de dicho ministerio;
Que, mediante Expediente Administrativo del visto, don CARLOS CANO HILARION identificado con DNI Nº 09845096 solicita separación convencional del vínculo matrimonial con doña SIMONA MARIBEL CONTEÑA QUISPE identificada con DNI N° 40939911 del matrimonio celebrado el día 17 de febrero del 2012 ante la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 29227 regula el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en sede municipal y notarial, norma reglamentada mediante Decreto Supremo N° 009-2008-JUS;
Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos otorgó la acreditación para llevar a cabo el citado procedimiento no contencioso a la Municipalidad de Santa Eulalia, acreditación que ha sido renovada mediante Resolución Directoral N° 251-2018-JUS/DGJLR, expedida por la Dirección General de Justicia de dicho ministerio;
Que, mediante Expediente Administrativo del visto, don CARLOS CANO HILARION identificado con DNI Nº 09845096 solicita separación convencional del vínculo matrimonial con doña SIMONA MARIBEL CONTEÑA QUISPE identificada con DNI N° 40939911 del matrimonio celebrado el día 17 de febrero del 2012 ante la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima;