Resolución de Alcaldía N.° 054-2022-MDSE/AL

1 de marzo de 2022

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 20 inciso 6 establece que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, asimismo el artículo 43 señala que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo;
Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, en el artículo 212 inciso 212.1 señala que los errores material y aritmético pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión;
Que, la Resolución de Alcaldía Nº 348-2021-MDSE-AL, del 22 de octubre de 2021, se declara la separación convencional de don JOSE MIGUEL MENDOZA CANDIOTTI y doña SALLY ESCARLET GUERRERO GARCIA, respecto del matrimonio celebrado el 15 de setiembre de 2014, ante la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, Provincia de Huarochirí, Región Lima, separación que suspende los deberes relativos al lecho y habitación, quedando subsistente el vínculo matrimonial;
Vista preliminar de documento R.A 054-2022.pdf

R.A 054-2022.pdf

PDF
396.4 KB