Acuerdo de Concejo N.° 003-2022

28 de febrero de 2022

El CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SANTA EULALIA, visto en la Primera sesión de Concejo Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; 

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, en concordancia con el Artículo ll del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9, inciso 8 establece que es atribución del Concejo aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos;
 
Que, la presente sesión de Concejo se debatió sobre el regreso a clases en los colegios primarios y secundarios en forma presencial, pero también el uso de la nueva modalidad de asistencia virtual a través de los medios informáticos, por lo que se  ponderó la importancia de contar con centros  informáticos como son  la pérgola del sector denominado Buenos Aires, la  pérgola de la plaza principal del Cercado de Santa Eulalia que en su momento estuvo equipado con unidades  de cómputo y el sector de Huayaringa por su elevado número de habitantes que precisa de ese servicio, por lo que era necesario priorizar la instalación de  centros informáticos para el servicio de la población estudiantil principalmente de los sectores de Buenos Aires, Cercado de Santa Eulalia y Huayaringa;

Documentos

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