Resolución de Alcaldía N.° 009-2022-MDSE-AL
13 de enero de 2022
VISTO: el Informe Nº 0025-2022-MDSE/GDUR de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural en el que solicita la elaboración de la Resolución de Alcaldía del Informe de Rendición de Cuentas de la Actividad de Intervención Inmediata “LIMPIEZA Y DESCOLMATACIÓN DE LA QUEBRADA MARIANO MELGAR, EN LA ASOCIACIÓN PUEBLO NUEVO BUENOS AIRES, DISTRITO DE SANTA EULALIA, PROVINCIA DE HUAROCHIRÍ DEPARTAMENTO DE LIMA”con código de convenio AII N° 38-0025-AII-15, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 6 establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local y el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, en el artículo 20 inciso 6 señala que es su atribución dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;