Resolución de Alcaldía N.° 008-2022-MDSE-AL

13 de enero de 2022

VISTO: el Informe Nº 026-2022-MDSE/GDUR de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural en el que solicita la elaboración de la Resolución de Alcaldía del Informe de Rendición de Cuentas de la Actividad de Intervención Inmediata “Limpieza y descolmatación de la Quebrada Enmanuel, en la Tercera Zona de Huayaringa Alta, Distrito de Santa Eulalia, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima” Convenio N°38-0026-AII-15; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 6 establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local y el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, en el artículo 20 inciso 6 señala que es su atribución dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
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