Ley N.° 13007
LEY 13007 - Creación del Distrito de Santa Catalina de Mossa
22 de mayo de 1958
ARTICULO 01: Créase el Distrito de Santa Catalina de Mossa, en la Provincia de Morropón, del Departamento de Piura, cuya capital será el pueblo de Paltashaco
ARTICULO 02: El Distrito que se crea por esta ley tendrá como anexos los pueblos siguientes: Pambarumbe, Mossa, Carrasquillo, Culebreros y Pueblo Nuevo.
ARTICULO 03: Los límites de este nuevo Distrito serán como silgue: por el Norte, una línea que partiendo de la intersección del río La Gallega con la quebrada de la Guerra, sigue por cerro Pelón hasta las quebradas del Tabaco; por el Este, desde las quebradas del Tabaco hasta el río Silahuia; por el Sur, del río Silahuia, la línea continúa por el cerro Maray hasta el río La Gallega; y por el Oeste, del río La Gallega, la línea prosigue hasta la quebrada de la Guerra, lugar donde comenzó esta delimitaciónn.
ARTICULO 02: El Distrito que se crea por esta ley tendrá como anexos los pueblos siguientes: Pambarumbe, Mossa, Carrasquillo, Culebreros y Pueblo Nuevo.
ARTICULO 03: Los límites de este nuevo Distrito serán como silgue: por el Norte, una línea que partiendo de la intersección del río La Gallega con la quebrada de la Guerra, sigue por cerro Pelón hasta las quebradas del Tabaco; por el Este, desde las quebradas del Tabaco hasta el río Silahuia; por el Sur, del río Silahuia, la línea continúa por el cerro Maray hasta el río La Gallega; y por el Oeste, del río La Gallega, la línea prosigue hasta la quebrada de la Guerra, lugar donde comenzó esta delimitaciónn.