Ordenanza Municipal N.° 002-2019-MDSM-CM
Ley Orgánica de Municipalidades
31 de enero de 2019
Que, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 194° de la Constitución Política del Peril en armonía con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, radicando esa autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración