Ordenanza municipal sobre ocupaciones y construcciones informales
Nota InformativaLa Municipalidad Distrital de San José viene brindando atención constante a la ciudadanía para garantizar el orden y respeto de los espacios públicos en nuestro distrito.

18 de julio de 2025 - 1:00 p. m.
Con la Ordenanza Municipal N.° 010-2024-MDSJ-A, se prohíben las posesiones informales, la ocupación ilegal y las construcciones no autorizadas en vías públicas y terrenos municipales urbanos, eriazos y rurales.
Esta normativa también modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, según lo establecido en la Ordenanza N.° 005-2021-MDSJ, para los siguientes códigos:
- F-00016: Por construir en áreas destinadas a aportes: 10 % de la UIT vigente.
Medida complementaria: demolición. - F-00027: Por ocupar o construir en áreas monumentales intangibles: 100 % de la UIT vigente.
Medida complementaria: demolición. - F-00038: Por habilitar terrenos en zonas de riesgo sin autorización municipal: 10 % de la UIT vigente.
Medida complementaria: paralización.
Para cualquier consulta o mayor información, pueden acercarse a la Oficina de la Subgerencia de Catastro, ubicada en el primer piso de la MDSJ.
Esta ordenanza busca asegurar un uso adecuado de los terrenos municipales y velar por el bienestar de todos los sanjosefinos.