Alcaldesa INTERPONE DENUNCIA PENAL Y OTROS.

Informe

10 de abril de 2023

Que, conforme a las prerrogativas establecidas en el inciso 1) del artículo 326°, artículo 60°del Código Procesal Penal vigente1, concordante con los incisos 1),4) y 5) del artículo 159° de la Constitución Política y al amparo de los artículos 1°,11°y 12° de la LOMP; en tutela del interés difuso del medio ambiente, el cual tiene su reconocimiento en el artículo 3°de nuestra carta magna como “ los derechos innominados”, formulo denuncia penal, a fin de que se investigue la presunta comisión de delitos ambientales y contra la salud publica en su figura de contaminación del ambiente, establecido en el artículo 304°del código penal y de responsabilidad funcional en su figura de Responsabilidad del los representantes legales de la persona jurídica, conforme se encuentra regulado en el artículo 314°-A del código penal; denuncia penal contra los presuntos hechos delictivos en que habrían incurrido las siguientes personas 

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