COMUNICADO: Indecopi declara barreras burocráticas ilegales diversas medidas en la ORD-585-MSI
Comunicado
20 de setiembre de 2024 - 8:59 p. m.
Ante la publicación de la resolución N.º 0565-2024/SEL-Indecopi que confirma la resolución N.° 0083-2024-CEB/INDECOPI, que declara barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en la Ordenanza N.° 585-MSI, la Municipalidad de San Isidro informa lo siguiente:
1. Lamentamos la decisión de Indecopi y reafirmamos nuestra su posición contra los proyectos y anteproyectos inmobiliarios que tienen la modalidad de “viviendas de interés social” y que vulneren las ordenanzas municipales, en perjuicio de los parámetros urbanísticos y tranquilidad del distrito.
2. Se informa a los administrados y público en general que la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi ha declarado como barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas:
- El impedimento de presentar, a través de las plataformas de atención al vecino, las solicitudes de anteproyectos en consulta, licencias de edificación y otros procedimientos administrativos regulados en el marco de la Ley N° 29090, que no cumplan con las disposiciones establecidas en las Ordenanzas N.° 2361-MML, N.° 950-MML, N.° 1067-MML y N.° 212-MSI, materializado en el segundo párrafo del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ordenanza N.° 585-MSI.
- La suspensión de los procedimientos administrativos de vivienda de interés social que se encuentren sujetos a un proceso judicial y/o pendientes de un pronunciamiento por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en aquello que contravenga los alcances de la Ordenanza N.°2361-MML y la sentencia N.° 302/2023 del Tribuinal Constitucional Peruano, hasta la emisión de una sentencia firme o un pronunciamiento por parte del Ministerio, materializada en el segundo párrafo del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ordenanza N.° 585-MSI”.
Lima, 20 de setiembre de 2024
1. Lamentamos la decisión de Indecopi y reafirmamos nuestra su posición contra los proyectos y anteproyectos inmobiliarios que tienen la modalidad de “viviendas de interés social” y que vulneren las ordenanzas municipales, en perjuicio de los parámetros urbanísticos y tranquilidad del distrito.
2. Se informa a los administrados y público en general que la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi ha declarado como barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas:
- El impedimento de presentar, a través de las plataformas de atención al vecino, las solicitudes de anteproyectos en consulta, licencias de edificación y otros procedimientos administrativos regulados en el marco de la Ley N° 29090, que no cumplan con las disposiciones establecidas en las Ordenanzas N.° 2361-MML, N.° 950-MML, N.° 1067-MML y N.° 212-MSI, materializado en el segundo párrafo del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ordenanza N.° 585-MSI.
- La suspensión de los procedimientos administrativos de vivienda de interés social que se encuentren sujetos a un proceso judicial y/o pendientes de un pronunciamiento por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en aquello que contravenga los alcances de la Ordenanza N.°2361-MML y la sentencia N.° 302/2023 del Tribuinal Constitucional Peruano, hasta la emisión de una sentencia firme o un pronunciamiento por parte del Ministerio, materializada en el segundo párrafo del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ordenanza N.° 585-MSI”.
Lima, 20 de setiembre de 2024
Esta noticia pertenece al compendio Comunicados MDSI 2023 - 2026